MESA 247 SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de marzo de 2020
- Repertorio
- 4968-2020
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $76.910.531 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, piso 2, Providencia, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de Marzo de 2020, Repertorio N° 4.968-2020, ante mí, se redujo Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad “MESA 247 SpA”, de fecha 28 de enero de 2020, en la cual se trataron las siguientes materias: (i) se acordó aumentar el capital de la Sociedad de la cantidad de $76.910.531 pesos chilenos, dividido en 200 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la cantidad de $111.093.649 pesos chilenos, dividido en 300 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, mediante la emisión de 100 acciones ordinarias. Por lo anterior, se reemplazaron los Artículos Quinto y Primero Transitorio, por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital y Acciones. El capital de la sociedad será la suma de ciento once millones noventa y tres mil seiscientos cuarenta y nueve pesos, dividido en trescientas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, el cual se ha suscrito y pagado, y será suscrito y pagado, conforme a lo establecido en el artículo primero transitorio de estos estatutos.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago del capital. El capital de la sociedad correspondiente a ciento once millones noventa y tres mil seiscientos cuarenta y nueve pesos, dividido en trescientas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que conforme a lo dispuesto en el artículo quinto de estos estatutos sociales, ha sido suscrito y pagado, y se suscribirá y pagará, de la siguiente forma: (a) MESA 247 S.A., es titular de la cantidad de doscientas acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, las que han sido totalmente pagadas con fecha anterior; (b) cien acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, están pendientes de suscripción y pago, las que en todo caso, deberán suscribirse y pagarse en un plazo que no exceda de seis meses contados desde la fecha de la presente junta de accionistas.”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de marzo de 2020.