Instrumento
- Fecha
- 3 de marzo de 2020
- Repertorio
- 612-2020
- Notario
- XIMENA RICCI DIAZ
- Oficio
- 1 Notaría San Antonio
- Comuna
- San Antonio
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna y ciudad de Cartagena
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) Desarrollo y explotación de toda clase de inversiones y negocios inmobiliarios, la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización y administración de bienes raíces, urbanos o rurales, el desarrollo y explotación de toda clase de inversiones y negocios mobiliarios e inmobiliarios; b) La producción, fabricación y comercialización de toda clase de bienes muebles; c) Transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o de terceros. Fletes en general; d) La construcción de edificios para uso no residencial; e) la construcción de edificios para uso residencial, f) la Terminación y acabado de edificios; g) Servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica; h) La realización y ejecución de proyectos, diseño, administración, construcción, montaje, reparación, remodelación, y demolición por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras civiles, de arquitectura e ingeniería civil; i) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; j) Servicios de arquitectura (diseño de edificios, dibujo de planos de construcción, entre otros); y k) cualquier otra actividad que acuerden los socios, bastando el consentimiento por escrito para ampliar el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalXIMENA RICCI DIAZ, Notario Público, Titular 1 Notaría San Antonio, Av. Barros Luco Nº 1749, certifico: Que, por escritura pública, de fecha 03 de marzo de 2020, Repertorio N° 612-2020, ante mí, MARIA DEL PILAR MARTINEZ ALVAREZ DE TOLEDO, domiciliada en Félix Mendelsohn N° 5135, Pedro Aguirre Cerda, Santiago, constituyo sociedad por acciones, razón social: “NOVASOLUCION SpA”, Nombre fantasía: “NOVASOLUCION.CL SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) Desarrollo y explotación de toda clase de inversiones y negocios inmobiliarios, la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización y administración de bienes raíces, urbanos o rurales, el desarrollo y explotación de toda clase de inversiones y negocios mobiliarios e inmobiliarios; b) La producción, fabricación y comercialización de toda clase de bienes muebles; c) Transporte de mercaderías y toda clase de bienes muebles, en vehículos propios o de terceros. Fletes en general; d) La construcción de edificios para uso no residencial; e) la construcción de edificios para uso residencial, f) la Terminación y acabado de edificios; g) Servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica; h) La realización y ejecución de proyectos, diseño, administración, construcción, montaje, reparación, remodelación, y demolición por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras civiles, de arquitectura e ingeniería civil; i) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; j) Servicios de arquitectura (diseño de edificios, dibujo de planos de construcción, entre otros); y k) cualquier otra actividad que acuerden los socios, bastando el consentimiento por escrito para ampliar el giro.-Administración y uso razón social: MARIA DEL PILAR MARTINEZ ALVAREZ DE TOLEDO, con amplias facultades expresadas en pacto social. Capital: $4.000.000, dividido en cuatrocientas acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se aporta: MARIA DEL PILAR MARTINEZ ALVAREZ DE TOLEDO, $4.000.000 al contado y en dinero en efectivo que ingresan a la caja social; Duración: indefinida a contar fecha Escritura. Responsabilidad: Socio la limita a sus respectivos aportes. Domicilio: comuna y ciudad de Cartagena, sin perjuicio sucursales y agencias. Demás estipulaciones en contrato social. San Antonio, 03 de marzo del 2020.