CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MAX CERCOS SpA

RUT 18023769-0 CVE 1736760
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de marzo de 2020
Notaría
Puerto Varas

Instrumento

Fecha
2 de marzo de 2020
Notario
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Puerto Varas
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: (a) la construcción, edificación, montaje, explotación, ensamblaje, arriendo y compraventa de todo tipo de obras menores de construcción relacionadas con la albañilería, carpintería y gasfitería, tales como cercos, bodegas, canales, techumbres, tomas de agua y empalmes eléctricos, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; (b) la gestión, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; y (c) la asesoría y gestión a proyectos inmobiliarios y comerciales. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título; y dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Asimismo, la Sociedad podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, ya sea directamente o mediante la inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, con oficio en San Bernardo Nº 224, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de marzo de 2020, repertorio número 246/2020, ante mí, Maximiliano Bihan Velasco, cédula nacional de identidad Nº 18.023.769-0, constituyó una sociedad por acciones denominada “MAX CERCOS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) la construcción, edificación, montaje, explotación, ensamblaje, arriendo y compraventa de todo tipo de obras menores de construcción relacionadas con la albañilería, carpintería y gasfitería, tales como cercos, bodegas, canales, techumbres, tomas de agua y empalmes eléctricos, sean éstas habitacionales, comerciales, industriales, agrícolas, mineras u obras públicas; transportes de materiales de construcción; fabricación, extracción, transformación, obtención y comercio interno e internacional de materiales, útiles, implementos y maquinaria de construcción, edificación y montaje, pudiendo actuar, en la consecución de sus fines, por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; (b) la gestión, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; y (c) la asesoría y gestión a proyectos inmobiliarios y comerciales. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título; y dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; importar y exportar toda clase de bienes y servicios; gravar con hipotecas o prendas de cualquier clase sus bienes; celebrar contratos de sociedad de cualquier tipo; y en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios o convenientes al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Asimismo, la Sociedad podrá realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, ya sea directamente o mediante la inversión en otras sociedades que desarrollen cualquiera de dichas actividades o negocios. Capital: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie, íntegramente suscrito y pagado por don Maximiliano Bihan Velasco. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Varas, 05 de marzo de 2020.