MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Gajardo y Cano Cía. Ltda.

RUT 78876070-1 CVE 1736511
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de febrero de 2020
Notaría
Copiapó

Instrumento

Fecha
28 de febrero de 2020
Repertorio
366
Notario
Osvaldo Manthey Pinto
Oficio
Cuarta Notaría de esta ciudad
Comuna
Copiapó

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la comuna de COPIAPO, Región de ATACAMA
Ley aplicable
Ley N°20.190

Objeto social

El objeto de la sociedad será la captación, venta, distribución y purificación de agua; la prestación de servicios, asesorías, capacitación para empresas, instalación de sistemas de tratamiento y purificación, venta o transferencia de toda clase de bienes muebles, así como derechos constituidos sobre ellos. De la misma forma, será objeto de la sociedad la fabricación, importación, exportación, arrendamiento, mantención y compraventa de repuestos de máquinas, artefactos, motores, instalaciones, aparatos y herramientas relacionadas con la industria de purificación y)o tratamiento de aguas y de sus derivados; así como la realización de cualquier otro negocio o industria que los socios acuerden en el futuro. e) El capital de la Sociedad es la cantidad de $5.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, el cual quedó totalmente suscrito y pagado. f) La sociedad será administrada por un Gerente General, recayendo en don HÉCTOR ALFONSO CANO ASENCIO, quien contará con todas las facultades señaladas en la escritura extractada

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Responsabilidad Limitada Gajardo y Cano y Cía. Ltda socio 78876070-1

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Osvaldo Manthey Pinto, Abogado y Notario Público de la Cuarta Notaría de esta ciudad, con domicilio en calle Atacama N°402, esquina Yerbas Buenas, suplente del titular don Pedro Felipe Villarino Krumm, según Decreto Económico N°60, de fecha 25 de febrero del 2020, del Cuarto Juzgado de Letras de Copiapó, certifico: Que, por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2020, repertorio 366, otorgada ante don Pedro Felipe Villarino Krumm, Notario Público de la Cuarta Notaria de Copiapó, don HÉCTOR ALFONSO CANO ASENCIO, C.I. N°8.047.835-6, domiciliado en Pasaje Jorge Inostroza 1062, Ampliación Prat, Copiapó; LILIAN ANGELICA GALLEGUILLOS FERNANDEZ, C.I. N°8.677.446-1, domiciliada en Avenida El Palomar 1606, Copiapó, en representación de ESTEBAN IGNACIO GAJARDO GALLEGUILLOS, C.I. N°19.911.981-8, domiciliado en Avenida El Palomar 1606, Copiapó; RUBÉN ANANÍAS GAJARDO TORRES, C.I. N°17.055.580-5, domiciliado en Ossa Varas 60, Caldera; JOHANNA DANIELA GAJARDO TORRES, C.I. N°16.132.692-5, domiciliada en Pérez Valenzuela 1209 – Departamento 902, Providencia, vinieron en realizar compraventa de derechos sociales y transformación de la sociedad de Responsabilidad Limitada Gajardo y Cano y Cía. Ltda., RUT N°78.876.070-1, en el siguiente sentido: Uno) ESTEBAN IGNACIO GAJARDO GALLEGUILLOS, representado del modo antedicho, RUBÉN ANANÍAS GAJARDO TORRES y JOHANNA DANIELA GAJARDO TORRES, vendieron, cedieron y transfirieron a HÉCTOR ALFONSO CANO ASENCIO, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el 100% de los derechos sociales que le correspondían a don Rubén Ananías Gajardo Rozas en la sociedad “GAJARDO Y CANO CIA. LTDA.” o “G. & C. LTDA.”, el precio de venta fue de $100.000.000, precio que las partes declararon totalmente pagado, renunciando ambas partes a las acciones resolutorias que pudieren corresponderles. Dos) como consecuencia de la Cesión de Derechos señalada, HÉCTOR ALFONSO CANO ASENCIO, pasó a ser el titular del 100% de los derechos sociales sobre la sociedad “GAJARDO Y CANO CIA. LTDA.” o “G. & C. LTDA. y, en consecuencia, de todos los derechos sociales del socio don RUBÉN ANANIAS GAJARDO ROZAS, razón por la cual podrá intervenir en todos los trámites relacionado actual y que le afecten en el futuro a la sociedad antes indicada. Tres) TRANSFORMACIÓN: HÉCTOR ALFONSO CANO ASENCIO, transformó la sociedad antes singularizada, en una SOCIEDAD POR ACCIONES, de aquellas contempladas y normadas en los artículos 348 y 424 a 446 del Código de Comercio, introducidos por el artículo 17 de la Ley N°20.190, manteniendo su RUT, personalidad jurídica, activos y pasivos, derechos y obligaciones, y bajo los términos que siguen: a) NOMBRE: El nombre de la Sociedad será "AGUANOR SpA”, pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidad Financieras con el nombre de fantasía de “Vertiente del Norte SpA.". b) DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad será la comuna de COPIAPO, Región de ATACAMA, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. c) DURACIO ́N: indefinida. d) OBJETO: El objeto de la sociedad será la captación, venta, distribución y purificación de agua; la prestación de servicios, asesorías, capacitación para empresas, instalación de sistemas de tratamiento y purificación, venta o transferencia de toda clase de bienes muebles, así como derechos constituidos sobre ellos. De la misma forma, será objeto de la sociedad la fabricación, importación, exportación, arrendamiento, mantención y compraventa de repuestos de máquinas, artefactos, motores, instalaciones, aparatos y herramientas relacionadas con la industria de purificación y/o tratamiento de aguas y de sus derivados; así como la realización de cualquier otro negocio o industria que los socios acuerden en el futuro. e) El capital de la Sociedad es la cantidad de $5.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal, el cual quedó totalmente suscrito y pagado. f) La sociedad será administrada por un Gerente General, recayendo en don HÉCTOR ALFONSO CANO ASENCIO, quien contará con todas las facultades señaladas en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Copiapó, 04 de marzo de 2020.-