CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Corobusa Limitada

CVE 1736534
Capital
$200.000 CLP
Fecha instrumento
28 de febrero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de febrero de 2020
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$200.000 CLP
Duración
La Sociedad tendrá una duración de 20 años contados desde la fecha escritura extractada, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva, por periodos de 1 año cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, en la forma señalada en la escritura extractada. 4

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; b) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, c) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los señores Cristóbal Correa Bulnes y María Alejandra Rodríguez Saavedra, quienes actuando individualmente representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, con oficio en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2020, ante mí, don CRISTÓBAL CORREA BULNES y doña MARÍA ALEJANDRA RODRÍGUEZ SAAVEDRA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Los Queltehues N° 11.838, comuna de Lo Barnechea, Santiago; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Razón Social: El nombre de la sociedad será “COROBUSA LIMITADA” (en adelante, la “Sociedad”). 2. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) efectuar inversiones en todo tipo de sociedades, fondos de inversión, en todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, por cuenta propia o ajena, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo acciones, derechos sociales bonos, pagarés, efectos de comercio, letras hipotecarias, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, documentos del mercado de capitales o financieros, u otros valores mobiliarios o títulos de renta o inversión, en Chile o en el extranjero, pudiendo formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, ya sean colectivas, comandita por acciones o simplemente en comandita, concurriendo como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, de responsabilidad limitada o por acciones, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza, la administración y explotación de estas inversiones y la percepción de sus frutos; b) la celebración de todos los demás actos y contratos tendientes al cumplimiento del giro social señalado; y, c) ejecutar todas las operaciones, actividades, negocios o inversiones que acuerden los socios y que digan relación con el objeto social. 3. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 20 años contados desde la fecha escritura extractada, entendiéndose renovada en forma automática y sucesiva, por periodos de 1 año cada uno, a menos que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la expiración de un determinado período, en la forma señalada en la escritura extractada. 4. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $200.000.-, que los socios aportaron y enteraron de la siguiente forma: Uno) Don Cristóbal Correa Bulnes aportó y enteró la suma de cien mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del total del capital social, que pagó al contado y en dinero en efectivo a la fecha de la escritura extractada; Dos) Doña María Alejandra Rodríguez Saavedra aportó y enteró la suma de cien mil pesos, equivalente al cincuenta por ciento del total del capital social, que pagó al contado y en dinero a la fecha de la escritura extractada. 5. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los señores Cristóbal Correa Bulnes y María Alejandra Rodríguez Saavedra, quienes actuando individualmente representarán a la Sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada al monto de sus aportes. Santiago, 3 de marzo de 2020.