MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL ALPHA BIOTECH SpA

RUT 76117493-2 CVE 1736255
Fecha instrumento
5 de febrero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2020
Notario
CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES
Oficio
Titular de la 7ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Ley aplicable
ley 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Público Suplente del Titular de la 7ª Notaría Santiago, doña MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: que por escritura publica de fecha 5 de Febrero de 2020, ante la Titular, don PATRICIO EUGENIO MEBUS LARRAIN, chileno, veterinario, casado, cédula de identidad número cinco millones ciento sesenta y cinco mil doscientos setenta y uno guión uno, domiciliado en Las Tranqueras ciento sesenta departamento ochocientos dos, Las Condes, Santiago, y don CLAUDIO MARCELO MOYA VERA, soltero, ingeniero en alimentos, cédula de identidad número doce millones doscientos cuarenta mil quinientos catorce guión uno, domiciliado en calle Juan Anselmo Escobar setecientos noventa y uno, ciudad, comuna y provincia de Osorno, de paso en ésta. Por escritura pública de 09 de agosto de 2019 ante la Notario Público interina de Osorno Doña MELISSA IVONNE CÁRDENAS VILLEGAS, se modificó la sociedad "COMERCIAL ALPHA BIOTECH SpA", o "ALPHA BIOTECH SpA". El extracto de dicha escritura se inscribió con fecha 11 de septiembre de 2019, a fojas 73.370 N° 35.938 en el Registro de Comercio de Santiago de 2019 y se anotó al margen de la inscripción de fojas 16.738 N° 11.127 en el Registro de Comerci o de Santiago del año 2009, ambos del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Se publicó en el Diario Oficial de fecha 7 de septiembre de 2019. La inscripción indicada no se hizo dentro del plazo legal de treinta días contados desde la fecha de la escritura modificatoria del pacto social. Los socios comparecientes en este acto y de acuerdo a lo prescrito en la ley 19.499 proceden al saneamiento del vicio consistente en la inscripción tardía del extracto ya referido en la cláusula anterior, ya que se hizo fuera del plazo legal de un mes contado desde la fecha de la escritura modificatoria del pacto social. Santiago, 11 de Febrero de 2020.