AGRÍCOLA Y COMERCIAL PARAISO SpA
Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2017
- Repertorio
- 484
- Comuna
- Ovalle
Sociedad
- Capital
- $120.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 41723 del 31 de marzo de 2017
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO CABRERA ALBARRÁN, Abogado, Notario Titular de la Segunda Notaría de Ovalle, domiciliado en calle Miguel Aguirre N° 328, de esta ciudad, certifica: Por escritura pública anotada en el Registro de Instrumentos Públicos, Repertorio N° 484, otorgada hoy ante mí, conforme Ley N° 19.499, se redujo a escritura pública Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 24 de febrero de 2.020, mediante la cual se corrigieron y sanearon vicios de modificación de estatutos de la sociedad AGRÍCOLA Y COMERCIAL PARAISO SpA, constituida mediante escritura pública de fecha 18 de marzo de 2017, otorgada en la Décimo Sexta Notaria de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, publicado su extracto en el 2.017, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle. El vicio consistió en errores en el extracto, en su respectiva publicación y la falta de inscripción del extracto publicado, de la Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 04 de septiembre de 2017 que modificaba los estatutos de la sociedad; la cual fue reducida a escritura púbica con fecha 06 de septiembre de 2017, ante el Notario Público de Viña del Mar don Luis Enrique Tavolari Oliveros, Repertorio N° 5.127 del año 2.017; siendo publicado su extracto en el Diario Oficial N° 41.865, de fecha 22 de septiembre de 2.017. Los errores en el extracto publicado fueron respecto de la fecha de celebración de la junta, el Conservador donde se encuentra inscrita la sociedad, y la falta de mención de un acuerdo respecto a la administración de la sociedad. Conforme lo expuesto, la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 24 de febrero de 2.020, acordó por unanimidad de los accionistas, subsanar los errores del extracto publicado en el extracto en el Registro de Comercio, quedando el extracto de la siguiente manera: Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 04 de septiembre de 2017, de la sociedad AGRÍCOLA Y COMERCIAL PARAISO SpA, constituida mediante escritura pública de fecha 18 de marzo de 2017, otorgada en la Décimo Sexta Notaria de Santiago de doña Antonieta Mendoza Escalas, publicado su extracto en el Diario Oficial N° 41.723 de fecha 31 de marzo de 2017, e inscrito a fojas 98 vuelta N° 66 del año 2.017, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ovalle. En esta junta se acordó: 1) aumentar el capital social de $120.000.000 dividido en 10.000 acciones, a la suma de $240.000.000 dividido en 20.000 acciones nominativas y sin valor nominal; mediante la emisión de 10.000 nominativas y sin valor nominal. 2) que las 10.000 acciones que se emitieron con ocasión del aumento de capital se colocaran y ofrecieran a un valor $12.000, las que deberían pagarse en dinero en efectivo en un plazo no superior al 31 de diciembre de 2.017. 3) el aumento de capital fuera suscrito de la siguiente forma: CLAUDIA ANDREA AGURTO ALVAREZ, suscribió 5.000 acciones equivalente a $60.000.000, obligándose a pagar el precio y enterar el capital a más tardar el 31 de diciembre de 2.017; y ALIRO JORGE ALEJANDRO ROSATI ZAMORANO, suscribió 5.000 acciones equivalente a $60.000.000, obligándose a pagar el precio y enterar el capital a más tardar el 31 de diciembre de 2.017. 4) Los socios acordaron que no habría lugar a un periodo de opción preferente, este se debió a que se aprobó que la totalidad del aumento de capital fuera suscrito en la forma señalada. 5) modificar el artículo 10° del Título 3°, de la escritura de constitución de la sociedad, que dice relación con la administración de la misma, la cual paso a radicarse en un Directorio de 5 miembros, accionistas o no, quienes a su vez deben designar a un Gerente General en la primera Sesión de Directorio que celebren, según las estipulaciones señaladas en detalle en el acta de la Junta. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Ovalle, 02 de Marzo de 2.020.-