SERVICIOS GASTRONÓMICOS DELIVERY I.A SpA
Instrumento
- Fecha
- 26 de febrero de 2020
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $16.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de febrero de 2020, ante mí, don RODRIGO JAVIER AYARES BRAVO, chileno, soltero, Asesor Financiero, C.N.I N° 13.469.844-6, domiciliado para estos efectos en calle Las Nieves n° 3435 departamento 143, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien viene en modificar los estatutos de la sociedad “SERVICIOS GASTRONÓMICOS DELIVERY SEA SpA”, RUT Nº 76.214.482-4, Capital inicial: $16.000.000, en el siguiente sentido: A) Reemplazando el artículo primero, relativo a la razón social de la Sociedad, por el siguiente: “Artículo Primero: El nombre o razón social será “SERVICIOS GASTRONÓMICOS DELIVERY I.A SpA.”., sin perjuicio que también podrá funcionar ante personas jurídicas de derecho público y privado con el nombre de fantasía “DELIVERY I.A SpA.”, obligando a la Sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social integra.”.- B) Reemplazando el artículo cuarto, relativo al objeto de l Sociedad, por el siguiente: “Artículo Cuarto: El objeto social será: a) construcción, instalación, explotación, tomar y dar en arrendamiento establecimiento de restaurantes, bar y centro de eventos; b) compra, venta, importación, exportación y distribución de pescados y mariscos y excedentes industriales; c) venta al por menor y mayor en comercio de alimentos, bebidas y bebidas alcohólicas; d) venta de pescados y mariscos en cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y comidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; f) la organización, servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; g) venta al por mayor de enseres domésticos; h) venta al por mayor y menos de equipos, partes y piezas electrónicos y de telecomunicaciones; i) venta al por mayor y menor de alimentos y accesorios para mascotas en comercio especializados no especializados; j) venta al por mayor y menor de juguetes y productos textiles; k) y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con dichas actividades.-“ C) Reemplazando el artículo décimo, relativo a la administración y representación legal de la Sociedad, por el siguiente: “Artículo Décimo Cuarto: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don FRANCO GIOVANNI CREMASCHI LEIVA, quien anteponiendo la razón social a su firma tendrá las más amplias facultades, pudiendo al efecto celebrar todos los actos, contratos, convenciones, negocios, actuaciones y trámites que se relacionen con el giro de la empresa sin limitación de ninguna clase”; Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de febrero de 2020.-