MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INSUMOS INDUSTRIALES MACFARLANE LIMITADA

RUT 77708080-6 CVE 1735555
Fecha instrumento
7 de febrero de 2020
Notaría
La Serena

Instrumento

Fecha
7 de febrero de 2020
Repertorio
1681-2020
Notario
RUBÉN REINOSO HERRERA
Oficio
4ta Notaria La Serena
Comuna
La Serena

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBÉN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, 4ta Notaria La Serena, Cordovez 405, certifico: Por escritura pública de fecha 07/02/2020, ante mí, Repertorio N° 1681-2020, JORGE CARLOS BRUCHER MACFARLANE, por sí y en representación de INSUMOS INDUSTRIALES HILLS & MACFARLANE LIMITADA, (HIMA LTDA) y doña PAOLA MACARENA DEL PILAR OPAZO ESPINOZA, todos con domicilio para estos efectos en calle Manuel Bulnes N° 3.586, La Serena, modificaron sociedad “INSUMOS INDUSTRIALES MACFARLANE LIMITADA o COMERCIAL HIMA LTDA”, Rut Nº 76.427.403-2, constituida por escritura pública el 31 de enero año 2014, otorgada ante don MIGUEL BAUZA FREDES, Notario Público Titular de La Cuarta Notaria de Coquimbo, la Sociedad se inscribió en el Registro de Comercio, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de La Serena, a fojas mil ochocientos cuarenta y dos bajo el número ochocientos sesenta, correspondiente al año dos mil catorce, en siguientes aspectos: 1) SOCIEDAD INSUMOS INDUSTRIALES HILLS & MACFARLANE LIMITADA, se retira de la sociedad cediendo a PAOLA MACARENA DEL PILAR OPAZO ESPINOZA, el 50% de los derechos sociales, en la suma de $55.000.000 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS; 2) Quedan como únicos socios JORGE CARLOS BRUCHER MACFARLANE, con 50% de los derechos sociales, y PAOLA MACARENA DEL PILAR OPAZO ESPINOZA, con el restante 50% de los derechos sociales; quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al pacto social: 3) JORGE CARLOS BRUCHER MACFARLANE y PAOLA MACARENA OPAZO ESPINOZA, en su calidad de únicos socios de la sociedad individualizada, vienen en modificar el pacto social reemplazando en forma íntegra la cláusula tercera del referido pacto, por la siguiente: “TERCERO: El domicilio de la sociedad será la ciudad y comuna de Calama, Provincia del Loa, Segunda Región de Antofagasta, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades o comunas del país o extranjero y conforme acuerden los socios”. En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones del pacto social. La Serena, 18 de Febrero de 2020.