MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA TAZBAZ – NAOUM LIMITADA

RUT 76319553-8 CVE 1735935
Fecha instrumento
3 de marzo de 2020

Instrumento

Fecha
3 de marzo de 2020
Notario
JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA
Domicilio
Osorno

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE ROBINSON DOLMESTCH URRA, Abogado, Notario Público Titular de Osorno, M.A. Matta 680, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 05 de febrero del 2020, Rep. N°6142020, comparecen: CAMAL TAZBAZ AZAK, domiciliado Osorno calle O´Higgins número mil doscientos cincuenta y dos departamento veintidós, MONICA MARTA NAOUM JADURI, domiciliada Osorno calle O´Higgins número mil doscientos cincuenta y dos departamento veintidós, BARBARA IGNACIA TAZBAZ NAOUM, domiciliada en Osorno calle O´Higgins número mil doscientos cincuenta y dos departamento veintidós y JEAN PIERRE TAZBAZ NAOUM, domiciliado en Osorno calle O´Higgins número mil doscientos cincuenta y dos departamento veintidós. Don CAMAL TAZBAZ AZAK viene en vender, ceder y transferir a JEAN PIERRE TAZBAZ NAOUM quien compra para sí la totalidad de los derechos que al cedente le corresponden en la sociedad INMOBILIARIA TAZBAZ – NAOUM LIMITADA Rol único Tributario número 76.319.553 8, esto es el cinco por ciento del haber social. Precio cesión suma de cinco millones quinientos mil pesos, que cesionario se obliga a pagar a más tardar dentro del plazo de cuatro años de la fecha del presente instrumento sin intereses salvo los moratorios en su caso. Doña BARBARA IGNACIA TAZBAZ NAOUM viene en vender, ceder y transferir a JEAN PIERRE TAZBAZ NAOUM quien compra acepta y adquiere para sí el veinte por ciento de los derechos sociales de que es dueña la cedente en el haber social. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que el cesionario se obliga a pagar a más tardar dentro del plazo de cinco años de la fecha del presente instrumento sin intereses salvo los moratorios en su caso. Como consecuencia de la cesión de los derechos sociales antes referidos, han quedado como único socios de la sociedad doña MONICA MARTA NAOUM JADURI, con un cincuenta por ciento del haber social, doña BARBARA IGNACIA TAZBAZ NAOUM con un veinticinco por ciento del haber social y don JEAN PIERRE TAZBAZ NAOUM con un veinticinco por ciento del haber social. Las utilidades y pérdidas sociales se soportarán en proporción del haber que cada socio mantiene en la sociedad. Se faculta al portador de copia autorizada del presente instrumento para requerir las inscripciones, anotaciones y subinscripciones que procedan en los registros correspondientes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Osorno 03 de marzo de 2020.