INMOBILIARIA LA CANELA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2020
- Repertorio
- 4754-2020
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36 Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $114.646.465 CLP
- Duración
- 10 años, renovables
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales e incorporales, incluyendo cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades o personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; y c) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a doña MIRIAM JANET CORREA VENECIANO, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las facultades establecidas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36 Notaria de Santiago, oficio en calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Febrero de 2020, Repertorio N°4.754-2020, otorgada ante mí, HERMAN ANTONIO CORTÉS ROBLE y MIRIAM JANET CORREA VENECIANO, ambos domiciliados en calle Concepción Godoy 785, Comuna de Canela, Región de Coquimbo, y de paso en ésta, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes, que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley número 3.918 y sus modificaciones, conforme se indica en la escritura extractada.- Nombre: El nombre de la sociedad es “INMOBILIARIA LA CANELA LIMITADA”, pudiendo usar también indistintamente, para efectos de publicidad, propaganda y operaciones de banco, el nombre de fantasía “LA CANELA LIMITADA”.- Objeto: El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales e incorporales, incluyendo cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades o personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; b) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; y c) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas.- Duración: 10 años, renovables.- Administración: La administración, representación y el uso de la razón social de la compañía corresponderá a doña MIRIAM JANET CORREA VENECIANO, quien actuará en calidad de administrador estatutario, con las facultades establecidas en escritura extractada.- Capital: $114.646.465.-, suma que se pagó íntegramente, de la siguiente forma: Uno) Don HERMAN ANTONIO CORTÉS ROBLE aportó la suma de $113.500.000.-, correspondiente al 99% del capital social, suma que pagó de la siguiente forma: I) Con el aporte en dominio de los derechos de que es dueño sobre la propiedad ubicada en calle José Manuel Borgoño 2907, Comuna de Renca, Región Metropolitana. El dominio se encuentra inscrito a su favor a fojas 39.861, número 40.296, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1997. Los socios, de común acuerdo, valorizan los derechos sobre el inmueble en la suma de $25.000.000.-; II) Con el aporte en dominio de los derechos de que es dueño sobre la propiedad ubicada en calle Antofagasta N° 3686, Comuna de Estación Central, Región Metropolitana. El dominio se encuentra inscrito a su favor a fojas 51.506, número 74.151, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018. Los socios, de común acuerdo, valorizan los derechos sobre el inmueble en la suma de $45.000.000.-; III) Con el aporte en dominio de la propiedad ubicada en Pasaje Bahía Azul 237, Comuna de Los Vilos, Región de Coquimbo. El dominio se encuentra inscrito a su favor a fojas 1097, número 1618, del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año 1995. Los socios, de común acuerdo, valorizan el inmueble en la suma de $15.000.000.-; IV) Con el aporte en dominio del inmueble consistente en el sitio N° 33, ubicado en Canela Baja, Comuna de Canela, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo. El dominio se encuentra inscrito a su favor a fojas 1529, número 1408, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año 2003. Los socios, de común acuerdo, valorizan el inmueble en la suma de $6.000.000.-; V) Con el aporte en dominio de los derechos de que es dueño sobre la propiedad consistente en la Hijuela N° 29, ubicada en Canela Baja, Comuna de Canela, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo. El dominio se encuentra inscrito a su favor a fojas 526, número 903, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año 2008. Los socios, de común acuerdo, valorizan el inmueble en la suma de $2.500.000.-; VI) Con el aporte en dominio del inmueble consistente en el Lote 10 B, resultante de la subdivisión de la hijuela N°10, ubicado en Canela Baja, Comuna de Canela, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo. El dominio se encuentra inscrito a su favor a fojas 951 vta, número 1164, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Vilos del año 2012. Los socios de común acuerdo valorizan el inmueble en la suma de $20.000.000.-; Dos) Doña MIRIAM JANET CORREA VENECIANO, aportó la suma de $1.146.465.-, correspondiente al 1% del capital social, suma que pagó en este acto, de contado y en dinero efectivo, el cual ingresó en arcas sociales. LOS SOCIOS LIMITAN SU RESPONSABILIDAD AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES.- Santiago 02 de Marzo de 2020.-