Inmobiliaria Frutilla SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2020
- Repertorio
- 900/2020
- Notario
- ENRIQUE MIRA GAZMURI
- Oficio
- 29ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
(i) La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, y la administración de dichos bienes y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; (ii) La construcción de toda clase de edificaciones, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; y (iii) La obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal;(iv) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y (v) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalENRIQUE MIRA GAZMURI, Notario Público titular 29ª Notaría de Santiago, calle Mac-Iver 225, Oficina 302, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 21 de febrero de 2020, Repertorio N° 900/2020, otorgada ante el Notario suplente don Enrique Mira Gazmuri y autorizada por mi en calidad de Notario titular conforme al Artículo 402 del Código Orgánico de Tribulales, don Dario Di Leonardo, italiano, soltero, empresario, cédula de identidad para extranjeros número 24.650.382-6, domiciliado en Avenida Apoquindo 5.583, oficina 91, comuna de las Condes, Santiago, y don Rafael Antonio Jerez Armijo, chileno, casado, separado total de bienes, comerciante, cédula de identidad número 12.085.471-2, domiciliado en El Yali, sin número, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones, de conformidad a Artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Inmobiliaria Frutilla SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Inmobiliaria Frutilla”. Objeto:(i) La compra, venta, adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, explotación e inversión en toda clase de bienes inmuebles, y la administración de dichos bienes y sus frutos, ya sea por cuenta propia o ajena; (ii) La construcción de toda clase de edificaciones, establecimientos y, en general, la ejecución de toda clase de obras civiles, en todas sus etapas, por cuenta propia o ajena y la realización de todos los actos y contratos encaminados a la construcción de tales obras y a la explotación de las mismas, incluso bajo la forma de ventas, permutas y otros títulos traslaticios; y (iii) La obtención de rentas de bienes raíces en virtud de su arrendamiento, subarrendamiento, usufructo y cualquiera otra forma de cesión del uso o goce temporal;(iv) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles, sean éstos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades de personas, debentures, bonos, efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y (v) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los accionistas estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: $10.000.000.-, dividido en 10.000.000 de acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales Dario Di Leonardo suscribió y pagó en acto de constitución 5.000.000 de acciones, representativa de la cantidad de $5.000.000.-, y Rafael Antonio Jerez Armijo, suscribió y pagó en acto de constitución 5.000.000 de acciones, representativa de la cantidad de $5.000.000. Demás estipulaciones constan en instrumento extractado. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 28 de febrero de 2020.