CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ANINAT ABOGADOS LIMITADA

CVE 1735358
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
25 de febrero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de febrero de 2020
Repertorio
1549-2020
Notario
Juan Ramón Venegas Morvan
Oficio
Vigésimo Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
5 años, renovable automáticamente por períodos de 5 años, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura. 6. Limitación de Responsabilidad: Socios limitan expresamente su responsabilidad al monto de sus respectivos

Objeto social

(i) La prestación de toda clase de consultorías, servicios y asesorías en materias jurídicas y legales a cualquier clase de personas, ya sean naturales o jurídicas, y a entidades sin personalidad jurídica, y la representación de las mismas; (ii) La inversión de los fondos sociales en toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces y muebles, pudiendo explotar los referidos bienes a cualquier título, administrar las inversiones y obtener sus rentas; (iii) Formar y participar en toda clase de sociedades y entidades con fines de lucro; y, (iv) La celebración de todos los demás actos y contratos que acuerden los socios para el desarrollo del giro social. 5

Administración

El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don Luis Alberto Aninat Urrejola, don Manuel Blanco Claro, don Rodrigo Ugarte Bolumburu, don Martín Mois Freiwirth y doña María Eugenia Sabbagh Vidal, quienes actuando en forma conjunta dos cualquiera de ellos, la ejercerán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con las facultades del artículo octavo de los estatutos. 3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ramón Venegas Morvan, Notario Público suplente de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, segundo piso, Santiago: por escritura pública de fecha 25 de febrero de 2020, Repertorio N° 1549-2020, ante mí, don Luis Alberto Aninat Urrejola en representación de Asesorías e Inversiones Los Conquistadores Limitada, don Manuel Blanco Claro en representación de Asesorías e Inversiones El Bolsón Limitada, don Rodrigo Ugarte Bolumburu en representación de Asesorías e Inversiones Santa Cristina Del Oliveto Limitada, don Martín Mois Freiwirth y doña Maria Eugenia Sabbagh Vidal, todos domiciliados en Avenida Los Conquistadores número 1700, piso 16, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: 1. Razón Social: “ANINAT ABOGADOS LIMITADA”, sin perjuicio que para fines comerciales, publicitarios, e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar el nombre “ANINAT LTDA.” 2. Administración: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a don Luis Alberto Aninat Urrejola, don Manuel Blanco Claro, don Rodrigo Ugarte Bolumburu, don Martín Mois Freiwirth y doña María Eugenia Sabbagh Vidal, quienes actuando en forma conjunta dos cualquiera de ellos, la ejercerán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, con las facultades del artículo octavo de los estatutos. 3. Capital: $1.000.000 que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: (i) Asesorías e Inversiones Los Conquistadores Limitada aporta $200.000, equivalente al 20% del total del capital social, que se paga en el acto de constitución en dinero efectivo que ingresa a la caja social; (ii) Asesorías e Inversiones El Bolsón Limitada aporta $200.000, equivalente al 20% del total del capital social, que se paga en el acto de constitución en dinero efectivo que ingresa a la caja social; (iii) Asesorías e Inversiones Santa Cristina del Oliveto Limitada aporta $200.000, equivalente al 20% del total del capital social, que se paga en el acto de constitución en dinero efectivo que ingresa a la caja social; (iv) Martín Mois Freiwirth aporta $200.000, equivalente al 20% del total del capital social, que se paga en el acto de constitución en dinero efectivo que ingresa a la caja social; y, (v) María Eugenia Sabbagh Vidal aporta $200.000, equivalente al 20% del total del capital social, que se paga en el acto de constitución en dinero efectivo que ingresa a la caja social; 4. Objeto: (i) La prestación de toda clase de consultorías, servicios y asesorías en materias jurídicas y legales a cualquier clase de personas, ya sean naturales o jurídicas, y a entidades sin personalidad jurídica, y la representación de las mismas; (ii) La inversión de los fondos sociales en toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces y muebles, pudiendo explotar los referidos bienes a cualquier título, administrar las inversiones y obtener sus rentas; (iii) Formar y participar en toda clase de sociedades y entidades con fines de lucro; y, (iv) La celebración de todos los demás actos y contratos que acuerden los socios para el desarrollo del giro social. 5. Duración: 5 años, renovable automáticamente por períodos de 5 años, a menos que cualquiera de los socios manifiesten su voluntad de ponerle término en la forma señalada en la escritura. 6. Limitación de Responsabilidad: Socios limitan expresamente su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2020. JRVM. Not. Sup.