CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA CARBAYU SpA

RUT 7010495-4 CVE 1734688
Capital
$32.000 CLP
Fecha instrumento
26 de febrero de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2020
Repertorio
848-2020

Sociedad

Capital
$32.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Objeto social

Uno.- Adquirir, enajenar, reparar, bienes raíces o propiedades rústicas y urbanas, construir en ellas, remodelarlas, explotarlas en cualquier forma, directamente o por terceros; administrar por cuenta propia o de terceros dichas inversiones, arrendarlas amobladas o no y obtener sus rentas. Dos.- Inversión en bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Tres.- Compra, venta, arriendo, importación, exportación, distribución, consignación, explotación y representación o intermediación de todo tipo de bienes muebles, mercaderías u otros, tales como vehículos para arriendo, insumos, franquicias patentes, representaciones u otros; comprendiéndose todas las actividades anexas o análogas a los objetos señalados, en el más amplio sentido de dichas expresiones. La sociedad podrá operar en el área inmobiliaria e inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, ciñéndose a la legislación vigente de los países extranjeros en que opere

Administración

Corresponderá a ALVARO JAVIER ZAPICO GUERRA, con todas y cada una de las facultades establecidas en Artículo 11 del pacto social

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
FRANCISCO JAVIER ZAPICO GIL socio 18299479-3
PILAR MERCEDES ZAPICO GIL socio 19487957-1
IGNACIO JAVIER ZAPICO GIL socio 20834990-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GABRIEL ALFONSO FERRAND MIRANDA, Abogado, Notario Interino de Valparaíso, Prat 829, certifica: Por escritura pública 26 Febrero 2020, ante mí, Repertorio N° 848-2020, ALVARO JAVIER ZAPICO GUERRA, chileno, médico, casado y separado de bienes, RUT 7.010.495-4, por sí y en representación de FRANCISCO JAVIER ZAPICO GIL, chileno, soltero, ingeniero comercial, RUT 18.299.479-3; PILAR MERCEDES ZAPICO GIL, chilena, soltera, estudiante, RUT 19.487.957-1 e IGNACIO JAVIER ZAPICO GIL, chileno, soltero, estudiante, RUT 20.834.990-2, todos con domicilio en calle Cancha 125, Viña del Mar, constituyeron Sociedad por Acciones denominada INMOBILIARIA CARBAYU SpA, que se regirá por su estatuto y por disposiciones pertinentes contenidas en artículos 424 y siguientes del Código de Comercio. Objeto: Uno.- Adquirir, enajenar, reparar, bienes raíces o propiedades rústicas y urbanas, construir en ellas, remodelarlas, explotarlas en cualquier forma, directamente o por terceros; administrar por cuenta propia o de terceros dichas inversiones, arrendarlas amobladas o no y obtener sus rentas. Dos.- Inversión en bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Tres.- Compra, venta, arriendo, importación, exportación, distribución, consignación, explotación y representación o intermediación de todo tipo de bienes muebles, mercaderías u otros, tales como vehículos para arriendo, insumos, franquicias patentes, representaciones u otros; comprendiéndose todas las actividades anexas o análogas a los objetos señalados, en el más amplio sentido de dichas expresiones. La sociedad podrá operar en el área inmobiliaria e inversiones, tanto en Chile como en el extranjero, ciñéndose a la legislación vigente de los países extranjeros en que opere. Capital: $32.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente y de la siguiente forma: a) Alvaro Javier Zapico Guerra, $31.040.000 equivalentes a 97 acciones que suscribe y paga aportando en dominio inmuebles de su propiedad, singularizados en Artículo Primero Transitorio del pacto social; b) Cada uno de los señores Pilar Mercedes Zapico Gil, Francisco Javier Zapico Gil e Ignacio Javier Zapico Gil, aportan $320.000 en este acto, al contado, en dinero efectivo, ya ingresados en caja social, equivalentes a una acción para cada uno de ellos.- De esta forma se encuentra íntegramente suscrito y pagado el capital social.- Administración: Corresponderá a ALVARO JAVIER ZAPICO GUERRA, con todas y cada una de las facultades establecidas en Artículo 11 del pacto social.- Domicilio: Viña del Mar, sin perjuicio de las agencias y sucursales que acordare establecer en otras ciudades de la República o en el extranjero.- Duración: Indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Valparaíso, 28 Febrero 2020.