Inversiones P.S.D. SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ignacio San Martín Schröder, Abogado, Notario Suplente de la 43° Notaría de Santiago, de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 17 de febrero de 2020, ante mí, Inversiones CS Limitada, con domicilio en Américo Vespucio número 2.680, piso 12, comuna de Conchalí, Santiago, en su calidad de única accionista de “Inversiones P.S.D. SpA”, inscrita a fojas 30.610, N° 24.752 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1997, en adelante la “Sociedad”, acordó sanear y rectificar - de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 19.499-, la escritura de división de la Sociedad, otorgada con fecha 2 de enero de 2020, en esta misma Notaría. Un extracto de la escritura pública referida se inscribió a fojas 6.992 número 3.734 del Registro de Comercio de Santiago del año 2020 y fue publicado en el Diario Oficial de fecha 30 de enero del mismo año. El vicio que se sanea consiste en la errónea individualización de la apoderada de la Sociedad doña Isabel Margarita Arainik Campos Sánchez. En efecto, el nombre correcto de la apoderada es Isabela Margarita Arainik Campos Sánchez. Atendido el vicio formal descrito, se rectificó la escritura de división dejando constancia que, en las cláusulas sexta y séptima de la escritura de división, en la individualización de los apoderados de Inversiones P.S.D. SpA, donde dice “doña Isabel Margarita Arainik Campos Sánchez” debe decir “doña Isabela Margarita Arainik Campos Sánchez”. Conforme a lo anterior, los apoderados para actuar en representación de la Sociedad son los siguientes: i) Apoderados Clase A: actuando individualmente uno cualquiera de los señores doña Pamela María Sánchez Doberti o don Alejandro Enrique Sánchez Doberti, con la limitación que indica el artículo quinto de los estatutos; y ii) Apoderados Clase B: actuando uno cualquiera de los señores doña Gabriela Paz Rayen Campos Sánchez, doña Isabela Margarita Arainik Campos Sánchez, doña Valentina Yshe-Keuk Campos Sánchez o don Sebastián Gonzalo Lautaro Campos Sánchez, con las limitaciones que se indican en el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 24 de febrero de 2020.