CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

El Aromo SpA

CVE 1734262
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de febrero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
19 de febrero de 2020
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

prestación de servicios complementarios a la industria del retail, tales como la distribución y reposición de mercaderías, la consolidación y desconsolidación de productos importados y exportados y otros servicios logísticos, servicios de seguridad, aseo, mantenimiento de locales, y el suministro de insumos para oficinas, locales, bodegas y todo tipo de establecimientos de comercio, así como cualquier otra actividad vinculada a los rubros antes mencionados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de 33 Notaría Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifica: Por escritura pública hoy ante mí, doña Myriam Dora Kaminetzky Vilensky, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad Nº6.615.202-2, domicilio Hermanos Cabott 6671 seis Depto. 93, Las Condes, constituyó sociedad por acciones cuyas estipulaciones principales son las siguientes: Nombre: “EL AROMO SpA”; Objeto: prestación de servicios complementarios a la industria del retail, tales como la distribución y reposición de mercaderías, la consolidación y desconsolidación de productos importados y exportados y otros servicios logísticos, servicios de seguridad, aseo, mantenimiento de locales, y el suministro de insumos para oficinas, locales, bodegas y todo tipo de establecimientos de comercio, así como cualquier otra actividad vinculada a los rubros antes mencionados.- Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos ser dueña de acciones de su propia emisión. Las acciones de la sociedad podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de febrero de 2020.