Doña Leonora Mano de Obra Responsabilidad Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de julio de 2018
- Notario
- ERNESTO MONTOYA PEREDO
- Domicilio
- Rancagua
- Comuna
- Rancagua ubicada en calle Campos N
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Público de Rancagua, Titular de la Tercera Notaria de Rancagua ubicada en calle Campos N.º 367, Rancagua, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de julio del año 2018, repertorio n.º 3916-2018 de la Segunda Notaria de Rancagua, autorizada por la notario suplente del titular doña Francisca Salas Medina, comparecieron don CRISTIÁN GONZALO DUARTE LEÓN, doña CYNTHIA NINOSKA DUARTE PÁVEZ, y doña DANIELA BEATRIZ VÁSQUEZ PAVEZ, y constituyeron sociedad de responsabilidad limitada llamada “Doña Leonora Mano de Obra Responsabilidad Limitada” o “Sociedad doña Leonora Ltda.”, inscrita a fojas 753 número 534 del Registro de Comercio del año 2018, del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Extracto se publicó el día 25 de agosto del año 2018, edición número 42.141. Por escritura de fecha 27 de enero del año 2020, suscrita ante mí suplente XIMENA CARMONA TORRES, los comparecientes modifican la sociedad en el siguiente sentido: La socia DANIELA BEATRIZ VÁSQUEZ PAVEZ, ya individualizada, viene en vender, ceder y transferir todos los derechos sociales que posee en la empresa individualizada en la cláusula primera, a don CRISTIÁN GONZALO DUARTE LEÓN, quién compra y recibe para sí, por un precio de 2.000.000 pesos (dos millones pesos), el cual paga en este acto y la cedente declara recibir a su total y entera conformidad. Doña DANIELA BETARIZ VÁSQUEZ PAVEZ, se retira de la sociedad con esta fecha, y los señores socios CRISTIÁN GONZALO DUARTE LEON y DOÑA CYNTHIA NINOSA DUARTE PAVEZ, al aceptar el retiro, se dan mutuo y recíprocamente el más amplio y completo finiquito en relación a la sociedad mantenida hasta ahora, renunciando a todo tipo de acciones que se pueda hacer valer en contra del socio que se retira, quién a su vez, se desliga completamente de la sociedad en comento. En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el estatuto social, en especial respecto a limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Rancagua, 06 de Febrero del 2020.-