CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL ELITE LIMITADA

CVE 1734199
Fecha instrumento
19 de febrero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de febrero de 2020
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, Santiago, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de febrero de 2020, ante mí, MAURICIO ANTONIO BARROS IBAÑEZ, Los artesanos mil setecientos cincuenta y uno, comuna de La Pintana; y don IVAN ENRIQUE AVILA COLLAO, El Laurel doce mil doscientos sesenta y dos, comuna de La Pintana, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social de la sociedad será: “COMERCIAL ELITE LIMITADA”. Nombre de fantasía de “ELITE LTDA.”. Domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias, sucursales, representaciones y domicilios especiales que la sociedad pueda establecer o abrir, en Chile o en el extranjero.- Objeto de la sociedad será: La importación, exportación, representación, distribución y comercialización de toda clase de prenda de vestir, ropa de vestir, ropa interior, artículos para regalos y bienes de consumo, y en general, toda otra actividad que los socios de común de acuerdo determinen, esté o no relacionada con el giro principal.- La administración, representación, uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a don MAURICIO ANTONIO BARROS IBAÑEZ, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades.- Capital de la sociedad es la suma de tres millones de pesos, aportados e ingresados por los socios de la siguiente manera: a) don MAURICIO ANTONIO BARROS IBAÑEZ, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, y en este acto aporta quinientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y el saldo de un millón de pesos a enterar en el plazo de dos años a contar de hoy, equivalentes al cincuenta por ciento; y b) don IVAN ENRIQUE AVILA COLLAO, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos, y en este acto aporta quinientos mil pesos en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social, y el saldo de un millón de pesos a enterar en el plazo de dos años a contar de hoy, equivalentes al cincuenta por ciento.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- La sociedad empezará a regir con esta fecha y tendrá una duración de cinco años. Se entenderá prorrogado el plazo de duración en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de cinco años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en la forma que se indica pacto que se extracta.- Santiago, 25 de febrero de 2020.-