CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

GAETE Y UMANZOR PROFESIONALES LIMITADA

RUT 9647553-5 CVE 1733858
Capital
$2.750.000 CLP
Fecha instrumento
24 de febrero de 2020
Notaría
Concepción
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
24 de febrero de 2020
Notario
MARIO ABURTO CONTARDO
Oficio
Sexta Notaría de Concepción
Comuna
Concepción

Sociedad

Capital
$2.750.000 CLP
Domicilio
Concepción
Duración
El plazo de duración la sociedad será de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la presente sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad en el Registro de Comercio, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas; RESPONSABILIDAD:

Objeto social

A) Arquitectura y urbanismo: la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de proyectos y desarrollos urbanísticos; diseños arquitectónicos y urbanísticos, construcciones, decoraciones y alhajamiento de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; valoración urbana y arquitectónica, peritajes relacionados con los anteriores, la construcción de obras, y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) Asesoría Jurídica: Además, será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. C) Corretaje de propiedades: El objeto de la sociedad será también el corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, D) Asesoría técnica: El objeto social también incluye la asesoría en actividades empresariales, de mejoramiento de la gestión y en materia de educación superior incluyendo estudios, proyectos y demás que sean necesarios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIO ABURTO CONTARDO, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Concepción, con oficio en calle Colo – Colo 304, Concepción, certifica que por escritura pública de fecha 24-FEBRERO- 2020, REPERTORIO N°952/2020, ante mí: doña Verónica Patricia Umanzor Millar, Corredora de propiedades, C.I N°9.647.553-5, Héctor Guillermo Gaete Umanzor, Licenciado en arquitectura, C.I Nº 17.349.188-3; Diego Joaquín Gaete Umanzor, egresado de Derecho, C.I N°18.404.615-6; Lucas Matías Gaete Umanzor, estudiante, C.I N° Nº 19.812.240-8; y Héctor Guillermo Gaete Feres, Arquitecto, C.I 6.795.062-3, todos con domicilio en O’Higgins 1186, Of. 513, Concepción, constituyeron Sociedad Responsabilidad Limitada. RAZON SOCIAL: “GAETE Y UMANZOR PROFESIONALES LIMITADA o “Gaete Umanzor Consultores Ltda”. DOMICILIO: Concepción. OBJETO: A) Arquitectura y urbanismo: la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de proyectos y desarrollos urbanísticos; diseños arquitectónicos y urbanísticos, construcciones, decoraciones y alhajamiento de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; valoración urbana y arquitectónica, peritajes relacionados con los anteriores, la construcción de obras, y todos los actos tendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio; y toda otra operación relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. B) Asesoría Jurídica: Además, será la prestación de servicios de asesoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. C) Corretaje de propiedades: El objeto de la sociedad será también el corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden, D) Asesoría técnica: El objeto social también incluye la asesoría en actividades empresariales, de mejoramiento de la gestión y en materia de educación superior incluyendo estudios, proyectos y demás que sean necesarios; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Conjunta, separada o indistintamente a Verónica Patricia Umanzor Millar y don Héctor Guillermo Gaete Feres, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en clausula Cuarta escritura extractada. CAPITAL:$2.750.000, que se aportan siguiente forma: Verónica Patricia Umanzor Millar suscribe el 36,36% del capital social, el 50% en efectivo, pagado con la suma de $500.000 en dinero efectivo ya enterado en la caja social; debiendo aportar el restante 50% dentro del plazo de 6 meses a la fecha de la escritura extractada; don Héctor Guillermo Gaete Umanzor suscribe el 9,09 % del capital social, el 50% en efectivo, pagado con la suma de $125.000 en dinero efectivo ya enterado en la caja social; debiendo aportar el restante 50% dentro del plazo de 6 meses a la fecha de la firma de la extractada escritura; don Diego Joaquín Gaete Umanzor suscribe el 9,09 % del capital social, el 50% en efectivo, pagado con la suma de $125.000 en dinero efectivo que ya enterado en la caja social; debiendo aportar el restante 50% dentro del plazo de 6 meses a la fecha de la firma del extractada escritura; don Lucas Matías Gaete Umanzor suscribe el 9,09 % del capital social, el 50% en efectivo, pagado con la suma de $125.000 en dinero efectivo que ya enterado en la caja social; debiendo aportar el restante 50% dentro del plazo de seis meses a la fecha de la firma de la extractada escritura; y don Héctor Guillermo Gaete Feres suscribe el 36,36% del capital social, el 50% en efectivo, pagado con la suma de $500.000 en dinero efectivo que ya enterado en la caja social; siendo el restante 50% a integrar dentro del plazo de seis meses a la fecha de la firma de la extractada escritura. DURACIÓN: El plazo de duración la sociedad será de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la presente sociedad mediante declaración de voluntad efectuada por escritura pública, anotada al margen de la inscripción del extracto de esta sociedad en el Registro de Comercio, todo ello con una anticipación mínima de 6 meses contados desde el término del plazo primitivo o de una de sus prórrogas tácitas; RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Demás cláusulas escritura extractada.- CONCEPCION, 24 de FEBRERO de 2020.- lmd./.