FELCOV INGENIERÍA & CONSTRUCCIÓN SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de febrero de 2020
- Repertorio
- 245
- Comuna
- Quilpué
Sociedad
- N. fantasía
- “FELCOV SpA”.- Objeto o Giro Social: La Sociedad tendrá por objeto o giro social: a) El diseño, proyección, consultoría, montaje, construcción y ejecución en cualquier forma, de todo tipo o clase de obras civiles; b) La construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones, edificios, viviendas, y en general de todo tipo de construcciones; c) La realización de todo tipo de actos, contratos y negocios relacionados con la construcción, explotación, comercialización y venta de lo que se construya, tales como la adquisición de terrenos, materiales y elementos para edificar, realización de loteos y urbanizaciones de terrenos, sea por cuenta propia o de terceros; d) Construcción, loteos y urbanizaciones para instituciones privadas, fiscales, semifiscales, autónomas y/o de administración autónoma, del Estado y/o Municipalidades; e) La construcción en terrenos propios o ajenos bajo cualquier sistema o modalidad; f) La demolición, comercialización, importación y exportación de materiales de construcción, insumos y productos eléctricos, electromecánicos, electrónicos y afines; g) Operar en el ramo de la construcción en todos sus ámbitos; h) La adquisición, enajenación y/o arrendamiento de maquinarias para la construcción; i) La prestación de asesorías e inspección técnica de obra, además de todo tipo de servicios relacionados con la actividad de la construcción, tales como la elaboración de proyectos, preparación de terrenos, excavaciones y movimientos de tierras, la explotación de herramientas y toda clase de máquinas, incluyendo el transporte de éstas; j) La compra, venta, comercialización, diseño, fabricación, producción, promoción, distribución, representación, exportación, importación, arriendo, subarriendo, transporte y flete de artículos, productos, suministros, insumos y objetos relacionados con las actividades antes mencionadas; k) La realización de inversiones relacionadas directa o indirectamente con las actividades antes descritas, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, y en toda clase de títulos y/o valores mobiliarios, con la facultad de administrar y percibir dichas inversiones y sus frutos; además de poder constituir y/o participar de toda clase de sociedad que el o los socios acuerden en el futuro; l) El ejercicio de todo tipo de representaciones y/o mandatos de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o internacionales, y que estén relacionados con la Ingeniería y/o Construcción en cualquiera de sus ramas y/o especialidades; y m) En general, el desarrollo de toda actividad que guarde relación directa o indirecta con las indicadas precedentemente, que los accionistas acuerden expresamente y sin necesidad de modificar los Estatutos
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Quilpué
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de un año, contado desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de un año, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario con a lo menos dos meses de anticipación a la respectiva fecha de vencimiento de la misma. Dicha manifestación de voluntad deberá verificarse mediante escritura pública anotada al margen de su respectiva inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.- El o los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad y podrán ejercer sus derechos de tales sólo respecto de las acciones que tengan totalmente pagadas
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Felipe Ignacio Covarrubias Albornoz | socio | 17439813-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Acuña Pérez, Abogado, Titular de la Primera Notaría de Quilpué, con oficio en Andrés Bello 453, Quilpué, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de Febrero de 2020, Repertorio N° 245, ante mí, don Felipe Ignacio Covarrubias Albornoz, RUT 17.439.813-5, domiciliado para estos efectos en Hernando de Magallanes N°2142, Villa California, comuna de Quilpué, Región de Valparaíso, constituyó una sociedad por acciones cuyas menciones principales son las siguientes: Nombre o Razón social: “FELCOV INGENIERÍA & CONSTRUCCIÓN SpA”. Nombre de Fantasía: “FELCOV SpA”.- Objeto o Giro Social: La Sociedad tendrá por objeto o giro social: a) El diseño, proyección, consultoría, montaje, construcción y ejecución en cualquier forma, de todo tipo o clase de obras civiles; b) La construcción por cuenta propia o ajena de toda clase de edificaciones, edificios, viviendas, y en general de todo tipo de construcciones; c) La realización de todo tipo de actos, contratos y negocios relacionados con la construcción, explotación, comercialización y venta de lo que se construya, tales como la adquisición de terrenos, materiales y elementos para edificar, realización de loteos y urbanizaciones de terrenos, sea por cuenta propia o de terceros; d) Construcción, loteos y urbanizaciones para instituciones privadas, fiscales, semifiscales, autónomas y/o de administración autónoma, del Estado y/o Municipalidades; e) La construcción en terrenos propios o ajenos bajo cualquier sistema o modalidad; f) La demolición, comercialización, importación y exportación de materiales de construcción, insumos y productos eléctricos, electromecánicos, electrónicos y afines; g) Operar en el ramo de la construcción en todos sus ámbitos; h) La adquisición, enajenación y/o arrendamiento de maquinarias para la construcción; i) La prestación de asesorías e inspección técnica de obra, además de todo tipo de servicios relacionados con la actividad de la construcción, tales como la elaboración de proyectos, preparación de terrenos, excavaciones y movimientos de tierras, la explotación de herramientas y toda clase de máquinas, incluyendo el transporte de éstas; j) La compra, venta, comercialización, diseño, fabricación, producción, promoción, distribución, representación, exportación, importación, arriendo, subarriendo, transporte y flete de artículos, productos, suministros, insumos y objetos relacionados con las actividades antes mencionadas; k) La realización de inversiones relacionadas directa o indirectamente con las actividades antes descritas, en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, y en toda clase de títulos y/o valores mobiliarios, con la facultad de administrar y percibir dichas inversiones y sus frutos; además de poder constituir y/o participar de toda clase de sociedad que el o los socios acuerden en el futuro; l) El ejercicio de todo tipo de representaciones y/o mandatos de personas naturales o jurídicas, sean nacionales o internacionales, y que estén relacionados con la Ingeniería y/o Construcción en cualquiera de sus ramas y/o especialidades; y m) En general, el desarrollo de toda actividad que guarde relación directa o indirecta con las indicadas precedentemente, que los accionistas acuerden expresamente y sin necesidad de modificar los Estatutos.- Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Quilpué, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otras partes del país o en el extranjero.- Capital: El capital de la Sociedad será la suma de tres millones de pesos, divididos en treinta acciones nominativas, todas del mismo valor, sin valor nominal y de una misma y única serie. El capital se suscribe, entera y paga en su totalidad de la siguiente forma: don Felipe Ignacio Covarrubias Albornoz, suscribe treinta acciones, equivalentes a la suma de tres millones de pesos, que se pagan en forma íntegra en este acto, al contado y en dinero en efectivo.- Administración, Representación y Uso de Razón Social: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá única y exclusivamente a don Felipe Ignacio Covarrubias Albornoz, con amplias facultades.- Duración: La Sociedad tendrá una duración de un año, contado desde la fecha de la presente escritura, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por periodos iguales de un año, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario con a lo menos dos meses de anticipación a la respectiva fecha de vencimiento de la misma. Dicha manifestación de voluntad deberá verificarse mediante escritura pública anotada al margen de su respectiva inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.- El o los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad y podrán ejercer sus derechos de tales sólo respecto de las acciones que tengan totalmente pagadas. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Quilpué, 25 de Febrero de 2020.