CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CONCORDIA CAPITAL SpA

CVE 1733603
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de febrero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de febrero de 2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Objeto social

la prestación de servicios financieros, legales y tributarios. Para el cumplimiento de su giro, podrá: a) representar a terceros en todo tipo de procesos de negociación; b) realizar intermediación financiera y legal; actuar como perito judicial; c) prestar servicios para la búsqueda de socios o inversionistas para terceros y para la obtención de financiamiento; d) La representación y distribución de alternativas de inversión; e) La inversión de recursos en Chile y el extranjero. f) La representación de compañías. g) La creación e inversión en sociedades locales y en el extranjero y, en general, toda otra actividad relacionada con lo anterior que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN IGNACIO SAN MARTIN SCHRÖDER, Notario Suplente del titular de la 43a. Notaría de Santiago, don Juan Ricardo San Martín Urrejola, ubicada en Huérfanos 835, piso 18, Comuna Santiago, certifico: Por escritura pública ante mí, de fecha 20 de febrero de 2020, don Eduardo Andrés Esteva Kremer constituyó una sociedad por acciones. Razón social: "CONCORDIA CAPITAL SpA". Objeto social: la prestación de servicios financieros, legales y tributarios. Para el cumplimiento de su giro, podrá: a) representar a terceros en todo tipo de procesos de negociación; b) realizar intermediación financiera y legal; actuar como perito judicial; c) prestar servicios para la búsqueda de socios o inversionistas para terceros y para la obtención de financiamiento; d) La representación y distribución de alternativas de inversión; e) La inversión de recursos en Chile y el extranjero. f) La representación de compañías. g) La creación e inversión en sociedades locales y en el extranjero y, en general, toda otra actividad relacionada con lo anterior que acordaren los accionistas. Capital: $5.000.000, dividido en 5.000 acciones ordinarias, de una sola serie, enteramente suscrito y pagado por el constituyente. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2020.-