ÁRIDOS MADESAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de febrero de 2020
- Notario
- SAMY HAWA ARELLANO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
Objeto social
El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La explotación y comercialización de áridos, roca viva, base estabilizada, gravilla, chancado y polvo de roca; la administración y explotación de canteras propias o recibidas a cualquier título, la elaboración de productos derivados de los anteriores u otras materias primas. b) La prestación de servicios de transporte de todo tipo de carga, productos, mercaderías, sea por cuenta propia o de terceros, en vehículos propios o ajenos, dentro o fuera del país, por vía terrestre, aérea, marítima o lacustre y en general por cualquier medio. c) La ejecución de obras civiles, ya sea mediante la edificación de casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros. d) Servicios de movimiento de tierras, demolición y el derribo de edificios, cerros o cualquier otra estructura. e) La compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento -con o sin opción de compra- y reparación de toda clase de equipos, máquinas y vehículos motorizados, en especial, automóviles, camionetas, camiones, acoplados, carros, motores, maquinaria pesada, máquinas herramientas y móviles, repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados. f) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas“.- Además, accionistas incorporaron nuevos artículos a los Estatutos sociales, para que en el cumplimiento del objeto social la Sociedad procure generar un impacto positivo para la comunidad, las personas y el medio ambiente y para dejar constancia la posibilidad de que los Administradores de la Sociedad contribuyan con el espíritu de las Empresas B.- “Artículo Tercero Bis. Cumplimiento del
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES DOMINGO LIMITADA | socio | 77035915-5 | — | — | |
| INVERSIONES CAYETANA LIMITADA | socio | 77035917-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSAMY HAWA ARELLANO, Notario Público de Concepción, Rengo 444, suplente del titular RAMÓN GARCÍA CARRASCO, certifica: Por escritura de fecha 19 de Febrero de 2020, FERNANDO DOMINGO SÁENZ POCH, en nombre y representación de INVERSIONES DOMINGO LIMITADA, RUT 77.035.915-5 y doña MARIA SOLEDAD SÁENZ POCH, en nombre y representación de INVERSIONES CAYETANA LIMITADA, RUT 77.035.917-1, modificaron ÁRIDOS MADESAL SpA RUT 76.250.013-2 inscrita a fojas 502 N°448 del Registro de Comercio de Concepción año 2013. Capital $5.000.000 en el siguiente sentido: MODIFICACION DE ESTATUTOS. Accionistas de la Sociedad, modificaron el artículo tercero de los Estatutos, relativo al objeto social, aclarando y ampliando su actual contenido. El que quedo redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La explotación y comercialización de áridos, roca viva, base estabilizada, gravilla, chancado y polvo de roca; la administración y explotación de canteras propias o recibidas a cualquier título, la elaboración de productos derivados de los anteriores u otras materias primas. b) La prestación de servicios de transporte de todo tipo de carga, productos, mercaderías, sea por cuenta propia o de terceros, en vehículos propios o ajenos, dentro o fuera del país, por vía terrestre, aérea, marítima o lacustre y en general por cualquier medio. c) La ejecución de obras civiles, ya sea mediante la edificación de casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros. d) Servicios de movimiento de tierras, demolición y el derribo de edificios, cerros o cualquier otra estructura. e) La compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento -con o sin opción de compra- y reparación de toda clase de equipos, máquinas y vehículos motorizados, en especial, automóviles, camionetas, camiones, acoplados, carros, motores, maquinaria pesada, máquinas herramientas y móviles, repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados. f) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas“.- Además, accionistas incorporaron nuevos artículos a los Estatutos sociales, para que en el cumplimiento del objeto social la Sociedad procure generar un impacto positivo para la comunidad, las personas y el medio ambiente y para dejar constancia la posibilidad de que los Administradores de la Sociedad contribuyan con el espíritu de las Empresas B.- “Artículo Tercero Bis. Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.”.- “Artículo Séptimo Bis: En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios o accionistas, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas o socios de la Sociedad.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Concepción, febrero 21 de 2020.-