ANDES GREEN ENERGY SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2020
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Duración
- En todo lo no modificado continua vigente el pacto social constitutivo. La presente designación deberá inscribirse al margen de los estatutos sociales.”
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JUDITH LORETO POBLETE PERINES | representante | 13679878-2 | — | — | |
| MOON YOUB LEE | accionista | 48214045-9 | — | — | |
| ANDES GREEN ENERGY SpA | accionista | 76439985-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34 Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia. Por escritura pública, de fecha 5 de febrero 2020, repertorio número 2160-2020, ante mí: comparece doña JUDITH LORETO POBLETE PERINES, Cédula Nacional de Identidad N° 13.679.878-2, en representación de MOON YOUB LEE, RUT 48.214.045-9, único accionista de la sociedad, ANDES GREEN ENERGY SpA, RUT 76.439.985-4, ambos con domicilio en calle Regimiento Cazadores N° 1.222 depto 413 comuna de Providencia, modificaron lo siguiente: “SEGUNDO: Modificación de estatutos sociales y Nombramiento Administrador y representante legal. El compareciente don MOON YOUB LEE, a través de su representante, doña JUDITH LORETO POBLETE PERINES, en su calidad único accionista de la sociedad ANDES GREEN ENERGY SpA, viene en designar como representante legal y Administradora de la sociedad a doña JUDITH LORETO POBLETE PERINES, para que actúe en la forma y con todas las facultades establecidas a continuación y que reemplazan a las establecidas por el Título Tercero, artículo trece y siguientes, las que podrá delegar total y parcialmente a través de mandatos o poderes especiales: “Facultades del administrador y/o Gerente general: La sociedad será administrada por doña JUDITH LORETO POBLETE PERINES, quien anteponiendo o posponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estará investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes, que constan en la escritura extractada. TERCERO: Revocación de poderes. En virtud de la designación de administrador efectuada en el artículo, se revocan expresamente los poderes otorgados y designaciones de administrador o representante legal efectuadas con anterioridad a esta fecha, especialmente, los otorgados al señor Carlos Sánchez Vergara. CUARTO: Vigencia. En todo lo no modificado continua vigente el pacto social constitutivo. La presente designación deberá inscribirse al margen de los estatutos sociales.” Capital: $20.000.000.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 25 de febrero del 2020, EDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Titular.