MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

LOG SOLUTIONS SpA

RUT 77110209-3 CVE 1733149
Notaría
Santiago

Instrumento

Comuna
Santiago

Administración

ARTÍCULO OCTAVO. La administración, representación, uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, corresponderá a don Marcos Adrian Gutiérrez Rojas, en representación de INVERSIONES Y ASESORIA MAGICC LIMITADA en su calidad de gerente general. Se designa Gerente General a MARCOS ADRIAN GUTIERREZ ROJAS, en representación de la empresa INVERSIONES Y ASESORIA MAGICC LIMITADA ya individualizados, quien tendrá la administración, representación, uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, conjuntamente con todas y cada de una las facultades contenidas en los artículos octavo y noveno del presente Estatuto.” Santiago, 20 de febrero del 2020

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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PATRICIO HERNAN CATHALIFAUD MOROSO, Titular de la 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331, CERTIFICA: que por escritura pública de fecha 5 de febrero del 2020, ante suplente doña MARIA ANTONIETA MARCHESSE ROLLE, ANA MARÍA BERRIOS VENEGAS, Rut 11.869.390-6, redujo a escritura pública PRIMERA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS“LOG SOLUTIONS SpA, celebrada el 24.Enero.2020, objeto de la junta es someter a aprobación de los accionistas, las siguientes materias: Cambio de la administración y representación legal. Acuerdos: Aprobar cambio de administración y representante legal de la empresa. En consecuencia, se acuerda modificar la siguiente materia: De la Administración de la Sociedad, por ello los estatutos de la misma quedan como sigue: “TÍTULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN. ARTÍCULO OCTAVO. La administración, representación, uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, corresponderá a don Marcos Adrian Gutiérrez Rojas, en representación de INVERSIONES Y ASESORIA MAGICC LIMITADA en su calidad de gerente general. Se designa Gerente General a MARCOS ADRIAN GUTIERREZ ROJAS, en representación de la empresa INVERSIONES Y ASESORIA MAGICC LIMITADA ya individualizados, quien tendrá la administración, representación, uso del nombre de la sociedad y del nombre de fantasía, conjuntamente con todas y cada de una las facultades contenidas en los artículos octavo y noveno del presente Estatuto.” Santiago, 20 de febrero del 2020.