MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

INVERSIONES INTERNACIONALES SUN DREAMS S.A.

RUT 77119316-1 CVE 1732978
Capital
$164.720.133 CLP
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2019
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2019
Repertorio
8013
Notario
Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE
Oficio
Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$164.720.133 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FERNANDO SEPULVEDA ROSAS, abogado , Notario Suplente de JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, comuna San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2019, Repertorio N°8.013, ante mi, se redujo el acta celebrada con esta misma fecha de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Inversiones Internacionales Sun Dreams S.A. En dicha junta, los accionistas acordaron modificar lo siguiente: 1) Aumento de Capital: Se aumenta el capital social ascendente a US$164.720.133, dividido en 164.720.133 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, en la suma de US$29.728.640, mediante la emisión de 29.728.640 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, quedando fijado el nuevo capital social en la suma de US$194.448.773, dividido en 194.448.773 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. 2) Modificación de Estatutos: Los actuales y únicos accionistas de la Sociedad vienen en sustituir el artículo quinto de los Estatutos Sociales por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la cantidad de ciento noventa y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil setecientos setenta y tres dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, dividido en ciento noventa y cuatro millones cuatrocientas cuarenta y ocho mil setecientas setenta y tres acciones nominativas sin valor nominal, cada una de igual valor. El capital se suscribe y paga por cada uno de los accionistas, en la forma expresada en el artículo Primero Transitorio de estos estatutos.” Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 21 de febrero de 2020.