CONSTRUCCIONES OLEGARIO PÉREZ Y CIA. LTDA.
Instrumento
- Fecha
- 30 de diciembre de 2019
- Notario
- IVAN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Estatutos de la sociedad CONSTRUCCIONES OLEGARIO PÉREZ Y CIA. LTDA | socio | 88161700-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular, 33 Notaría Santiago, Huérfanos 979, Of. 501, certifico: por escritura pública de fecha 30 de Diciembre de 2019, ante mi suplente doña Verónica Torrealba Costabal, Carlos Eduardo Pérez Yubero y Adriana Elsa Velasco Contreras, ambos domiciliados Avenida Los Flamencos 1134, ciudad de Punta Arenas, modificaron los Estatutos de la sociedad CONSTRUCCIONES OLEGARIO PÉREZ Y CIA. LTDA., RUT N° 88.161.700-5 , en consideración al fallecimiento del socio don José Olegario Pérez Oyarzo, ocurrido en Punta Arenas el 15 de noviembre de 2017. La posesión efectiva de los bienes quedados a su fallecimiento fue concedida por Resolución Exenta número 2900 del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 13 de noviembre de 2018. Según también la cesión de derechos hereditarios otorgada por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2019 otorgada en la Notaría de Punta Arenas de don Igor Trincado Urra y la escritura pública partición de herencia y adjudicación de bienes otorgada en esta Notaría el 30 de diciembre de 2019. UNO) Se modifica la participación en los derechos sociales, de manera que se incorpora como socio ADRIANA ELSA VELASCO CONTRERAS, así como aumenta su participación social CARLOS EDUARDO PÉREZ YUBERO, de forma tal que la participación en los derechos sociales y capital social de $6.000.000, corresponde a los socios de la siguiente forma: ADRIANA ELSA VELASCO CONTRERAS, un 40% y CARLOS EDUARDO PÉREZ YUBERO, 60%. De esta forma, se reemplaza el artículo cuarto de los Estatutos Sociales por el siguiente: “CUARTO. El capital social es la suma de seis millones de pesos, totalmente enterado por los socios en los siguientes porcentajes: a) CARLOS EDUARDO PÉREZ YUBERO un sesenta por ciento del capital social, b) ADRIANA ELSA VELASCO CONTRERAS, un cuarenta por ciento del capital social.” DOS) Se modifica la cláusula quinta sobre administración de la sociedad, en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios don CARLOS EDUARDO PÉREZ YUBERO y doña ADRIANA ELSA VELASCO CONTRERAS, actuando en forma individual, separada e indistintamente, con todas las facultades señaladas en la referida cláusula, sin limitación alguna. En todo lo no modificado expresamente por la presente escritura permanecen plenamente vigentes los Estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 24 de Febrero de 2020.