INVERSIONES ISYR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de enero de 2020
- Notario
- Jean Jacques Dutrey Ossa
- Oficio
- Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery
Sociedad
- Capital
- $2.019.643.485 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables en forma establecida en ella
Objeto social
El objeto de la sociedad será la inversión en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, con fines rentísticos y no con ánimo de venta, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; la inversión en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, en toda clase de títulos, acciones, bonos, debentures, derechos sociales, valores y efectos de comercio; el desarrollo de cualquier actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios controlados en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; la participación en toda clase de proyectos de inversión, sociedades, comunidades, asociaciones y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las actividades anteriores controladas en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Herbert Hutter Kirschenbaum y a Jeanette Silvia Hofmann Pfeffer, cada uno actuando en forma individual e independiente, y a Joanna Nurith Hutter Hofmann actuando siempre conjuntamente con Vivian Andrea Hutter Hofmann, quienes actuando de la forma indicada representarán a la sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. En caso de incapacidad judicialmente declarada o fallecimiento de Joanna Nurith Hutter Hofmann o de Vivian Andrea Hutter Hofmann, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Herbert Hutter Kirschenbaum, Jeanette Silvia Hofmann Pfeffer, Joanna Nurith Hutter Hofmann y Vivian Andrea Hutter Hofmann, quienes actuando en forma individual e independiente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán todas las facultades comprendidas en la presente cláusula
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJean Jacques Dutrey Ossa, Abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Octava Notaria de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, ambos con oficio en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica: Por escritura pública de 14 de enero 2020, otorgada ante el Titular, Inversiones Herjean Limitada, domiciliada en Los Gobelinos 2507, Renca, Inversiones Las Salvias SpA e Inversiones Upsala SpA, ambas domiciliadas en San Pío X 2390, of. 405, Providencia, en su calidad de actuales y únicos socios de INVERSIONES ISYR LIMITADA (en adelante, la “Sociedad”) inscrita a fs. 52.725 N° 32.660 del Registro de Comercio de Santiago año 2014, acordaron lo siguiente: 1) Se acordó la división de la Sociedad, entre sí y una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se constituye al efecto denominada “Inversiones Isyrindo Limitada”. 2) Para efectos de la división, se disminuye capital de Inversiones Isyr Limitada de $2.026.260.881 a la suma de $2.019.643.485 y se sustituye el artículo 5° de sus estatutos sociales: Capital: $2.019.643.485, que socios han íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Inversiones Herjean Limitada aportó $1.009.821.743, equivalentes al 50% del capital social; b) Inversiones Las Salvias SpA aportó $504.910.871, equivalentes al 25% del capital social; e, c) Inversiones Upsala SpA aportó $504.910.871, equivalentes al 25% del capital social.” En lo demás estatutos sociales íntegramente vigentes. Responsabilidad de los socios limitada a monto de sus aportes. 3) Se aprueban estatutos nueva sociedad: Razón social: “Inversiones Isyrindo Limitada”, sin perjuicio que para fines publicitarios, e incluso ante bancos, instituciones financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos pueda usar el nombre “Inversiones Isyrindo Ltda.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio que los socios acuerden establecer oficinas, agencias o sucursales en otras comunas o ciudades del país o del extranjero. Objeto Social: El objeto de la sociedad será la inversión en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, con fines rentísticos y no con ánimo de venta, de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; la inversión en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, en toda clase de títulos, acciones, bonos, debentures, derechos sociales, valores y efectos de comercio; el desarrollo de cualquier actividad relacionada con capitales mobiliarios o inmobiliarios controlados en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica; la participación en toda clase de proyectos de inversión, sociedades, comunidades, asociaciones y en general cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las actividades anteriores controladas en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. Capital: $8.838,04 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica que socios han íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Inversiones Herjean Limitada aportó $4.419,02 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 50% del capital social; b) Inversiones Las Salvias SpA aportó $2.209,51 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 25% del capital social; e, c) Inversiones Upsala SpA aportó $2.209,51 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalentes al 25% del capital social.” Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Herbert Hutter Kirschenbaum y a Jeanette Silvia Hofmann Pfeffer, cada uno actuando en forma individual e independiente, y a Joanna Nurith Hutter Hofmann actuando siempre conjuntamente con Vivian Andrea Hutter Hofmann, quienes actuando de la forma indicada representarán a la sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. En caso de incapacidad judicialmente declarada o fallecimiento de Joanna Nurith Hutter Hofmann o de Vivian Andrea Hutter Hofmann, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Herbert Hutter Kirschenbaum, Jeanette Silvia Hofmann Pfeffer, Joanna Nurith Hutter Hofmann y Vivian Andrea Hutter Hofmann, quienes actuando en forma individual e independiente y anteponiendo su firma a la razón social, tendrán todas las facultades comprendidas en la presente cláusula. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada, prorrogables en forma establecida en ella. Demás estipulaciones escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada a monto de sus aportes. Santiago, 31 de enero de 2020.