ASESORIA EN COMPUTACIÓN, COMUNICACIÓN, ELECTRÓNICA ADDA CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2020
- Repertorio
- 10174-2020
- Notario
- dentidad número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La comercialización, distribución, venta, y arrendamiento por cuenta propia y ajena de todo tipo de equipos, elementos o accesorios que digan relación con el rubro de la programación y la informática; la comercialización y distribución de todo tipo de elementos de comunicación que permitan la transferencia de datos e imágenes; la prestación de servicios y asesorías técnicas, de mantención y de profesionales, a empresas públicas y privadas, en relación con el rubro de la comunicación y la informática; b) El diseñar, editar, e imprimir todo tipo de publicaciones, folletos y elementos promocionales y en general, cualquier actividad que los socios decidan impulsar y que diga relación con los rubros descritos; c) La comercialización y distribución de programas para equipos y sistemas; la capacitación para el uso de programas que digan relación con la informática; la fabricación, distribución de equipos electrónicos y electrodomésticos; la importación y exportación de todos los equipos, elementos y accesorios señalados; d) El impartir acciones o cursos de capacitación ocupacional; e) Toda clase de actividades Inmobiliarias, adquisición de bienes raíces, subdivisión, venta por pisos y loteo, explotación a través de compraventas, arrendamientos, y en general la ejecución y corretaje de proyectos inmobiliarios propios o de terceros y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con los antes citados
Administración
Don CESAR FRANCO FORTINO MENDEZ, se constituye en representante legal de la empresa, quien anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, la obligará con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos, sin limitación de ningún tipo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogada, cédula de identidad número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guion dos, Notario Público Titular, de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, piso cinco, certifico: Que, por escritura pública de fecha 29 de enero de 2020, repertorio N° 10.174-2020, ante mí, don CESAR FRANCO FORTINO MENDEZ, C.I. N° 8.666.085-7 y doña MARCIA NADIA AREVALO CAMPORA, C.I. N° 9.672.801-8, ambos domiciliados en Huérfanos N° 886, oficina 724, comuna de Santiago, Región Metropolitana, vienen: a) Doña MARCIA NADIA AREVALO CAMPORA, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos en la Sociedad, equivalentes al diez por ciento del interés social, a don CESAR FRANCO FORTINO MENDEZ, antes individualizado, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión y venta es de quinientos mil pesos, que el comprador y cesionario paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando doña MARCIA NADIA AREVALO CAMPORA haberlos recibido a su entera satisfacción, otorgando el correspondiente recibo de cancelación y finiquito, retirándose de la sociedad, quedando como único socio don CESAR FRANCO FORTINO MENDEZ.- b) Por lo anterior don CESAR FRANCO FORTINO MENDEZ en su calidad de único socio de "ASESORIA EN COMPUTACIÓN, COMUNICACIÓN, ELECTRÓNICA ADDA CHILE LIMITADA" o "ADDA CHILE LIMITADA", con esta fecha, resuelve transformar la sociedad de responsabilidad limitada en una Sociedad por Acciones o SpA, cuyos estatutos se establecen a continuación y, que en lo no previsto en ellos, se regulará por lo dispuesto en los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y por las normas que le fueren aplicables de las sociedades anónimas cerradas.- NUEVA SOCIEDAD: NOMBRE: “ADDA CHILE SpA”.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La comercialización, distribución, venta, y arrendamiento por cuenta propia y ajena de todo tipo de equipos, elementos o accesorios que digan relación con el rubro de la programación y la informática; la comercialización y distribución de todo tipo de elementos de comunicación que permitan la transferencia de datos e imágenes; la prestación de servicios y asesorías técnicas, de mantención y de profesionales, a empresas públicas y privadas, en relación con el rubro de la comunicación y la informática; b) El diseñar, editar, e imprimir todo tipo de publicaciones, folletos y elementos promocionales y en general, cualquier actividad que los socios decidan impulsar y que diga relación con los rubros descritos; c) La comercialización y distribución de programas para equipos y sistemas; la capacitación para el uso de programas que digan relación con la informática; la fabricación, distribución de equipos electrónicos y electrodomésticos; la importación y exportación de todos los equipos, elementos y accesorios señalados; d) El impartir acciones o cursos de capacitación ocupacional; e) Toda clase de actividades Inmobiliarias, adquisición de bienes raíces, subdivisión, venta por pisos y loteo, explotación a través de compraventas, arrendamientos, y en general la ejecución y corretaje de proyectos inmobiliarios propios o de terceros y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con los antes citados.- DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, República de Chile, sin perjuicio de las agencias o sucursales que establezca en otros lugares de Chile o del extranjero.- DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 5.000 acciones comunes, nominativas, sin serie y sin valor nominal, que don CESAR FRANCO FORTINO MENDEZ suscribe en su totalidad.- ADMINISTRACIÓN: Don CESAR FRANCO FORTINO MENDEZ, se constituye en representante legal de la empresa, quien anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, la obligará con las más amplias facultades en toda clase de actos y contratos, sin limitación de ningún tipo.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 29 de enero de 2020.