MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL AMANCAI LIMITADA

RUT 76488117-6 CVE 1731464
Fecha instrumento
30 de enero de 2020

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2020
Repertorio
111-2020
Notario
ELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES
Domicilio
Buin con Asiento en Paine

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIZABETH CATHERINE PACHECO CIFUENTES, Abogada, Notario Público de Buin con Asiento en Paine, y oficio en O`Higgins, Nº 590, de Paine, certifico: Por escritura pública otorgada el 30 de Enero del año 2020, ante mí, Repertorio Nº 111-2020, Doña MIGUELA DEL CARMEN NAVARRO OÑATE y don CARLOS MIGUEL ANDRÉS NAVARRO NAVARRO, los dos domiciliados en Alberto Krumm Nº 1528, y doña SOLEDAD ANDREA ARELLANO NAVARRO y don ALEX FELIPE SALVO CORDOVA, los dos domiciliado en Avenida Lomas del Águila, parcela Nº 4, Lote Nº 11, Las Camelias, todos en la Comuna de Paine, Región Metropolitana, modificaron la “SOCIEDAD COMERCIAL AMANCAI LIMITADA”, Rut Nº 76.488.117-6, constituida en escritura de fecha 14 de Octubre del año 2015, Repertorio Nº 407-2015, otorgada ante el Notario de Buin con asiento en Paine, don Luis Absalón Valencia Gumucio, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial número 41.283 de fecha 16 de octubre del año dos mil 2015, y en fecha 23 de Febrero del año 2016, el referido notario, otorgó escritura de saneamiento, Repertorio Nº 60-2016, para subsanar la omisión de la inscripción en el respectivo Registro de Comercio del extracto de la escritura de constitución de la sociedad antes referida, quedando inscritas en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes y Raíces de Buin; la escritura de saneamiento, en fecha 26 de febrero del año 2016, a fojas 29, vuelta Nº 29 y la escritura de constitución de la referida sociedad, en fecha 05 de Mayo del año 2016, a fojas 28, Nº 28-2016, en los siguientes aspectos: 1) doña MIGUELA DEL CARMEN NAVARRO OÑATE, se retira de la sociedad, cediendo el 80% de los derecho sociales a doña SOLEDAD ANDREA ARELLANO NAVARRO en la suma de $8.000.000, y el 10% de los derechos sociales a don ALEX FELIPE SALVO CORDOVA en la suma de $1.000.000, 2) Quedan como únicos socios doña SOLEDAD ANDREA ARELLANO NAVARRO con el 80% de los derechos sociales, ALEX FELIPE SALVO CORDOVA, con el 10% de los derechos sociales y don CARLOS MIGUEL ANDRÉS NAVARRO NAVARRO, con el 10% de los derechos sociales, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones a los estatutos sociales: 3) reemplazan las Cláusulas SEXTA y DECIMA SEXTA, de los estatutos sociales, por las siguientes: “SEXTA: El uso de la razón social, la representación legal y la administración de la sociedad corresponderá exclusivamente a doña SOLEDAD ANDREA ARELLANO NAVARRO, quién anteponiendo su firma a la razón social, dispondrá de las más amplias facultades indicadas en la escritura de Constitución de la Sociedad.” y “DECIMA SEXTA: se otorga a doña SOLEDAD ANDREA ARELLANO NAVARRO, mandato especial, pero tan amplio como en derecho se refiere para que en sus nombres y representación, disponga de las facultades indicadas en la escritura de la sociedad. En todo lo no modificado, los estatutos sociales de “SOCIEDAD COMERCIAL AMANCAI LIMITADA”, quedan plenamente vigentes, en especial la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Paine, 30 de Enero del año 2020.