SOCIEDAD PRODUCTOS QUÍMICOS Y METALÚRGICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de febrero de 2020
- Repertorio
- 7864-05
- Notario
- LUIS HUMBERTO SALAMANCA ESTRADA
- Domicilio
- titular MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 3.918
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS HUMBERTO SALAMANCA ESTRADA, Notario Público Suplente de la titular MARIA EUGENIA RIVERA GONZALEZ, Comuna de Concepción, O’Higgins 599, Octava Región, certifico; Que por escritura pública otorgada con fecha 11 Febrero 2020, ante mí, don MARIO FERNANDO HERNÁN CAMAÑO ARAYA, chileno, Ingeniero de Ejecución Industrial, C.I.:8.896.844-1; doña JACQUELINE VALERIA ORTIZ GONZÁLEZ, chilena, profesora, C.I.:9.107.258-0, ambos casados y separados judicialmente de bienes; doña DANIELA ANDREA CAMAÑO ORTIZ, chilena, soltera, estudiante, C.I.: 16.763.752-3; todos domiciliados en calle José Del Carmen Vásquez N° 541, ciudad y comuna de Tomé; y don JAIME BERNARDO ALEJANDRO FARIÑA PERALTA, chileno, biólogo marino, C.I.: 8.322.051-1, casado, con domicilio en Fundo San José de Palco, kilómetro 16, parcela N° 10, comuna de Coronel; mayores de edad y exponen: PRIMERO: Que los comparecientes, MARIO FERNANDO HERNÁN CAMAÑO ARAYA, JACQUELINE VALERIA ORTIZ GONZÁLEZ y DANIELA ANDREA CAMAÑO ORTIZ constituyeron la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “SOCIEDAD PRODUCTOS QUÍMICOS Y METALÚRGICOS LIMITADA”, RUT:76.439.790-8, por escritura pública otorgada ante el Notario de la ciudad de Santiago don Humberto Santelices Narducci con fecha 30 Diciembre 2005, repertorio 7864-05, publicada en el Diario Oficial de fecha 09 Enero 2006, con el N° 38.358 y cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción con fecha 10 Enero 2006 a fojas 65 vuelta, N°53, año 2006, repertorio N°392. La que fue modificada por escritura pública otorgada ante el mismo Notario el 08 Marzo 2006, Repertorio 1089-2006, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción con fecha 10 Marzo 2006 a fojas 530, con el N° 389, año 2006, repertorio N°2995 y publicada en el Diario Oficial con fecha 11 Marzo 2006 con el N° 38.411. La que fue modificada por escritura pública otorgada ante el Notario de la ciudad de Concepción don Jorge Condeza Vaccaro con fecha 02 Diciembre 2008, Repertorio N° 2850, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción con fecha 16 Diciembre 2008 a fojas 2.292 vuelta, N°2.246 del año 2008, repertorio N°15.368 y publicada en el Diario Oficial con fecha 18 Diciembre 2008 con el N°39.240. Modificada por escritura pública de fecha 06 Marzo 2019 otorgada en esta Notaría, agregada al repertorio N°230 y publicada en el Diario Oficial con fecha 21 Marzo 2019 con el N°42.310 y cuyo extracto no fue inscrito en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción.- SEGUNDO: RESCILIACIÓN: los comparecientes MARIO FERNANDO HERNÁN CAMAÑO ARAYA, JACQUELINE VALERIA ORTIZ GONZÁLEZ y DANIELA ANDREA CAMAÑO ORTIZ, vienen en resciliar la escritura de compraventa de derechos societarios y modificación de constitución de sociedad de responsabilidad limitada “Sociedad Productos Químicos y Metalúrgicos Limitada” de fecha 06 Marzo 2019 otorgada en esta Notaría, agregada al repertorio N°230 y publicada en el Diario Oficial con fecha 21 Marzo 2019, con el N° 42.310, dejándola sin efecto en toda y cada una de sus partes.- TERCERO: COMPRAVENTA DE DERECHOS SOCIETARIOS: Que de acuerdo al artículo 13° de la escritura pública de constitución de la sociedad, a) La socia doña DANIELA ANDREA CAMAÑO ORTIZ vende, cede y transfiere el 100% de sus derechos y acciones, las que equivalen al 5% de su participación en la sociedad al socio MARIO FERNANDO HERNÁN CAMAÑO ARAYA, quien acepta, adquiere y recibe. Precio de Venta: Es la suma de $1.600.000 los que se pagan en este mismo acto en dinero efectivo. Aceptación: doña Jacqueline Valeria Ortiz González, declara que conoce, acepta y aprueba lo estipulado en la compraventa precedente.- y b) Que la socia doña JACQUELINE VALERIA ORTIZ GONZÁLEZ, es dueña y propietaria del 55% del total de derechos y acciones de la empresa lo que equivale al 100% de su participación y en virtud del artículo mencionado en la cláusula anterior, vende, cede y transfiere la totalidad de ésta de la forma en que a continuación se pasa a expresar: un 45,45% del total de su participación, equivalente al 25% del total de derechos y acciones de la empresa al compareciente JAIME BERNARDO ALEJANDRO FARIÑA PERALTA quien acepta, adquiere y recibe. Precio de Venta: Es la suma de $20.000.000 los que se pagan en dinero efectivo en este mismo acto y que la vendedora declara recibir conforme y a su entera satisfacción.- Asimismo, vende, cede y transfiere el 54,54% restante de su participación, lo que equivale al 30% de la totalidad de derechos y acciones de la empresa al socio y compareciente MARIO FERNANDO HERNÁN CAMAÑO ARAYA quien acepta, adquiere y recibe. Precio de Venta: Es la suma de $21.000.000 los que se pagan con $6.000.000 en dinero efectivo en este mismo acto y que la vendedora declara recibir conforme y a su entera satisfacción y con 10 cheques, cada uno por la suma de $1.500.000 del Banco de Chile, que la vendedora declara recibir conforme y a su entera satisfacción.- De manera tal que a contar de la fecha de la presente escritura, la socia vendedora se desprende del total de su participación en la sociedad y resulta total y completamente desvinculada de la misma, tanto activa como pasivamente.- CUARTO: Finiquito: doña Daniela Andrea Camaño Ortiz y doña Jacqueline Valeria Ortiz González por una parte y Mario Fernando Hernán Camaño Araya por otra, se otorgan completo y recíproco finiquito respecto de todas las relaciones y expectativas recíprocas que surgieron o pudieron surgir a causa o con ocasión del contrato de sociedad y de sus respectivas vinculaciones con la empresa, renunciando a toda acción o pretensión derivada de las relaciones jurídicas que concluyen mediante las declaraciones contenidas y registradas en el presente instrumento.- QUINTO: Modificación: Se sustituyen los artículos 1° y 6° contenidos en la modificación de la sociedad de fecha 02 Diciembre 2008 por los siguientes: Artículo Primero: Don Mario Fernando Hernán Camaño Araya y don Jaime Bernardo Alejandro Fariña Peralta son socios de la sociedad de responsabilidad limitada regida por lo dispuesto según los estatutos de esta constitución y por los preceptos contenidos en la ley 3.918 y los Códigos de Comercio y Civil.- Artículo Sexto: De las utilidades y pérdidas corresponderá al socio Mario Fernando Hernán Camaño Araya un 75% y el socio don Jaime Bernardo Alejandro Fariña Peralta un 25%.- En todo lo no modificado por la presente escritura, tiene perfecta y completa validez la escritura pública de constitución de la sociedad de responsabilidad limitada SOCIEDAD PRODUCTOS QUÍMICOS Y METALÚRGICOS LIMITADA, individualizada en la cláusula primera de este instrumento y sus correspondientes modificaciones posteriores.- Concepción, 20 de Febrero de 2020.-