JARDIN INFANTIL PUPA PLACE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2020
- Notario
- MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS
- Oficio
- Titular de la Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Doña María Verónica Mingo del Rio | socio | 14122945-1 | — | — | |
| Doña María Luisa Smith Amunategui | socio | 15385234-0 | — | — | |
| Doña Macarena Ortiz Orueta | socio | 17088524-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Público Suplente del Titular de la Quinta Notaría de Santiago, don Patricio Raby Benavente, ambos domiciliados en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, Certifica: Por escritura pública de fecha 9 de enero de 2020, comparecieron: (Uno) Doña María Verónica Mingo del Rio, RUT 14.122.945-1, domiciliada en calle Las Nieves 3405, departamento 501, comuna de Vitacura, Santiago; (Dos) Doña María Luisa Smith Amunategui, RUT 15.385.234-0, domiciliada en Avenida Los Trapenses 4979, casa 37, comuna de Lo Barnechea, Santiago; y (Tres) Doña Macarena Ortiz Orueta, RUT 17.088.524- 4, domiciliada en calle Raúl Labbé 12940, departamento 22, comuna de Lo Barnechea, Santiago; quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “JARDIN INFANTIL PUPA PLACE LIMITADA”, inscrita a fojas 59.386, número 32.136 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, en adelante, la “Sociedad”, en el siguiente sentido: 1) Cesión de Derechos, Retiro de Socia y Finiquito. María Verónica Mingo del Río, quien a la fecha de la escritura era titular de un tercio de los derechos en el capital social de la Sociedad, vendió cedió y transfirió a María Luisa Smith Amunategui el 50% de dichos derechos sociales, y el otro 50% restante a Macarena Ortiz Orueta. En consecuencia, María Verónica Mingo del Río se retira de la Sociedad y otorga un amplio finiquito a la Sociedad y las restantes socias. 2) Modificación de estatutos. Como consecuencia de las cesiones de derechos antes mencionadas, las únicas y actuales socias de la Sociedad, doña María Luisa Smith Amunategui, y doña Macarena Ortiz Orueta acordaron modificar el Artículo Quinto del Título Segundo de los estatutos, relativo al Capital, por el siguiente: “Capital Quinto. El capital de la sociedad será la cantidad de novecientos mil pesos que las socias han enterado y pagado de la siguiente forma: a) MARÍA LUISA SMITH AMUNATEGUI, ha pagado en dinero en efectivo la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos, los que ya han ingresado a la caja social; y b) MACARENA ORTIZ ORUETA ha pagado en dinero en efectivo la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos, los que ya han ingresado a la caja social.”. En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 06 de Febrero de 2020.- María Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.