Agrícola Ocoa Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2020
- Repertorio
- 2525/2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $280.720.346 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPaula Andrea Luna Saez, notario suplente de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 669, piso 8, de esta ciudad, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 03 de febrero de 2020, Repertorio N°2.525/2020, ante mí, Rentas Poneg Limitada y Sociedad de Rentas Los Portones Limitada, ambos con domicilio en la parcela de La Puntilla del Antiguo Fundo Santa Olivia, comuna de Quillota; modificaron la sociedad denominada Agrícola Ocoa Limitada, de la siguiente manera: 1) los socios acordaron modificar la cláusula de administración de la sociedad y el uso de la razón social, la que en adelante se regirá por las siguientes reglas: Uno) La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Andrés Nicolás Ramírez Matte y a don Juan Alberto Decombe Villalobos, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, con excepción de las limitaciones que se establecen al final de la cláusula décimo primera del estatuto. Dos) En caso de fallecer don Juan Alberto Decombe Villalobos, será reemplazado por Sociedad de Rentas Los Portones Limitada, y en caso de fallecer don Andrés Nicolás Ramírez Matte, será reemplazado por Rentas Poneg Limitada. Falleciendo cualquiera de los administradores personas naturales, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán en forma conjunta al administrador sobreviviente y a la compañía que haya reemplazado al administrador fallecido. Tres) Habiendo fallecido ambos administradores personas naturales, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Sociedad de Rentas Los Portones Limitada y a Rentas Poneg Limitada actuando conjuntamente. Cuatro) Para el ejercicio de la administración de la compañía, Sociedad de Rentas Los Portones Limitada y Rentas Poneg Limitada, deberán designar cada una de ellas a dos apoderados por escritura pública, debiendo actuar conjuntamente uno cualquiera de los apoderados designados por Sociedad de Rentas Los Portones Limitada con uno cualquiera de los apoderados designados por Rentas Poneg Limitada. En caso que permanezca un administrador persona natural, éste deberá actuar en conjunto con uno cualquiera de los apoderados designados por la sociedad que corresponda. 2) A continuación, con el objeto de dejar constancia de la modificación anterior, así como de otras modificaciones acordadas con anterioridad, los actuales socios de la compañía acordaron un nuevo texto refundido de los estatutos de la sociedad, y que es del siguiente tenor: La sociedad se denomina Agrícola Ocoa Limitada, y tiene su domicilio en Santiago. El objeto de la sociedad es: a) la explotación agrícola, frutícola, ganadera y avícola de los predios que la sociedad sea dueña, arrendataria o tenedora a cualquier título, su plantación, preparación de suelos, cosecha, siembra y desinfección; b) vender, enajenar, comercializar, distribuir, envasar, embalar, irradiar, seleccionar y secar toda clase de productos agrícolas; y, c) criar, engordar, comprar, vender, comercializar animales y en general la realización de todo tipo de actos, negocios o contratos que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social indicado y cualquier otra actividad agrícola, frutícola, ganadera o avícola que los socios de común acuerdo determinen. La administración de la sociedad y el uso de la razón social se regirá por las siguientes reglas: Uno) La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a don Andrés Nicolás Ramírez Matte y a don Juan Alberto Decombe Villalobos, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, con excepción de las limitaciones que se establecen al final de la cláusula décimo primera del estatuto. Dos) En caso de fallecer don Juan Alberto Decombe Villalobos, será reemplazado por Sociedad de Rentas Los Portones Limitada, y en caso de fallecer don Andrés Nicolás Ramírez Matte, será reemplazado por Rentas Poneg Limitada. Falleciendo cualquiera de los administradores personas naturales, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán en forma conjunta al administrador sobreviviente y a la compañía que haya reemplazado al administrador fallecido. Tres) Habiendo fallecido ambos administradores personas naturales, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán a Sociedad de Rentas Los Portones Limitada, y a Rentas Poneg Limitada actuando conjuntamente. Cuatro) Para el ejercicio de la administración de la compañía, Sociedad de Rentas Los Portones Limitada y Rentas Poneg Limitada, deberán designar cada una de ellas a dos apoderados por escritura pública, debiendo actuar conjuntamente uno cualquiera de los apoderados designados por Sociedad de Rentas Los Portones Limitada con uno cualquiera de los apoderados designados por Rentas Poneg Limitada. En caso que permanezca un administrador persona natural, éste deberá actuar en conjunto con uno cualquiera de los apoderados designados por la sociedad que corresponda. El capital de la sociedad es la suma de $280.720.346, totalmente enterado por los socios o sus antecesores, en dinero efectivo y mediante capitalización y cesión de créditos, y que corresponde a los actuales socios como sigue: a) a Sociedad de Rentas Los Portones Limitada, la suma de 140.360.173; y, b) a Rentas Poneg Limitada, la suma de $140.360.173. La sociedad rige desde el 30 de agosto del año 1989 y durará hasta el 31 de diciembre del año 2020, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 04 de Febrero de 2020.-