MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INMOBILIARIA RIO BAKER LIMITADA

RUT 76724768-0 CVE 1729549
Capital
$77.733.000 CLP
Fecha instrumento
16 de enero de 2020

Instrumento

Fecha
16 de enero de 2020
Notario
Jenson Aaron Kriman Nuñez
Domicilio
San Antonio

Sociedad

Capital
$77.733.000 CLP
Ley aplicable
Ley N°3.918

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
MARCO ANTONIO GODOY COLLAO socio 8670188-K
CARMEN CELIA COLLAO CABRERA socio 4740356-1
Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil diecisiete socio 76724768-0

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jenson Aaron Kriman Nuñez, Notario Público Titular de San Antonio, con oficio en Avenida Lauro Barros número 96, certifico: Por escritura pública de esta fecha, ante mí y bajo el Repertorio número 212-2020, don MARCO ANTONIO GODOY COLLAO, chileno, divorciado, médico, CI N° 8.670.188-K; doña CARMEN CELIA COLLAO CABRERA, chilena, casada, empresaria, CI N°4.740.356-1; doña CLARA LYNN GODOY HENDERSON, chilena, soltera, estudiante universitaria, CI N°20.683.228-2 y; don DAVID EMILIO GODOY HENDERSON, chileno, soltero, estudiante universitario, CI N° 20.892.995-K, todos domiciliados en Arzobispo Casanova N° 241, Llo-LLeo, Comuna y Provincia de San Antonio, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD INMOBILIARIA RIO BAKER LIMITADA”, inscrita a fojas 26.235 bajo el N° 14.562 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil diecisiete, RUT N°76.724.768-0, de conformidad a la Ley N°3.918 y sus modificaciones. MODIFICACIONES: Que por este acto los socios ya individualizados vienen en modificar la sociedad individualizada en el numeral “PRIMERO” de este instrumento y por este acto se venden, ceden y transfieren derechos de la siguiente manera; A) Don MARCO ANTONIO GODOY COLLAO es propietario o dueño del 90% de los derechos sociales y, vende, cede y transfiere el porcentaje de sus derechos sociales de la manera que se señala a continuación: Uno) Don MARCO ANTONIO GODOY COLLAO vende, cede y transfiere a doña CLARA LYNN GODOY HENDERSON el 33,33 % de sus derechos sociales, quien compra y adquiere para sí en la suma de $51.000.000 de pesos que se pagan de la siguiente manera: A) La suma de $1.000.000 de pesos que se pagó con anticipación a la suscripción del presente contrato, en dinero efectivo y que en este acto don Marco Antonio Godoy Collao declara haber recibido a su completa satisfacción, y B) La suma de $50.000.000 de pesos, los que serán pagados dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de suscripción del presente instrumento.- Dos) Don MARCO ANTONIO GODOY COLLAO vende, cede y transfiere a don DAVID EMILIO GODOY HENDERSON el 33,33 % de sus derechos sociales, quien compra y adquiere para sí en la suma de $51.000.000 de pesos que se pagan de la siguiente manera: A) La suma de $1.000.000 de pesos que se pagó con anticipación a la suscripción del presente contrato, en dinero efectivo y que en este acto don Marco Antonio Godoy Collao declara haber recibido a su completa satisfacción, y B) La suma de $50,000,000 de pesos, los que serán pagados dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de suscripción del presente instrumento.- Tres) En consecuencia, don Marco Antonio Godoy Collao mantiene en su poder el 33,34 % por ciento de sus derechos sociales..- B) Que debido a la venta y cesión de derechos realizados por el presente instrumento, la sociedad “INMOBILIARIA RIO BAKER LIMITADA” queda compuesta de la siguiente manera; Uno) Don MARCO ANTONIO GODOY COLLAO con el 30% de los derechos sociales; Dos) Doña CLARA LYNN GODOY HENDERSON con el 30% de los derechos sociales; Tres) Don DAVID EMILIO GODOY HENDERSON con el 30% de los derechos sociales; Cuatro) Doña CARMEN CELIA COLLAO CABRERA con el 10% de los derechos sociales.- C) Que debido a la venta de derechos realizada en la letra A uno) y A dos) de éste instrumento, se modifica la cláusula QUINTO de la escritura de Constitución Social por la siguiente: “QUINTO: Las utilidades y eventuales perdidas se distribuirán y repartirán de la siguiente manera entre los socios: uno) MARCO ANTONIO GODOY COLLAO en un 30%; dos) CLARA LYNN GODOY HENDERSON con un 30%; tres) DAVID EMILIO GODOY HENDERSON con un 30%.- cuarto) CARMEN CELIA COLLAO CABRERA con un 10%. Demás estipulaciones escritura que extracto. Capital $77.733.000. San Antonio, 16 de Enero de 2020.