Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2020
- Repertorio
- 1319/2020
- Notario
- Margarita Moreno Zamorano
- Oficio
- 27º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto o giro para desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) La importación, exportación, distribución, comercialización, fabricación, transformación, modificación y reparación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de equipos, muebles, productos y suministros médicos y ortopédicos; b) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; c) La explotación en el país o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, diseños y modelos industriales. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que el constituyente o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social
Administración
Corresponderá la Administración de la Sociedad a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, o quien sus derechos represente, quien detentará dicha calidad en tanto no sea reemplazado por acuerdo adoptado por los accionistas de acuerdo a lo dispuesto en los presentes Estatutos, y quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y podrá actuar directamente o por intermedio de uno o más Apoderados designados en la forma establecida en los estatutos de la Sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMargarita Moreno Zamorano, Abogado, Notario Público Interino 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura de fecha 23 de Enero 2020, Repertorio Nº 1.319/2020, ante mí, don RICARDO ANTONIO FARIAS FEUCHT, chileno, casado, químico farmacéutico, con domicilio en Parcela número 142, Condominio Polo Uno Manquehue, Sector Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago, constituyó sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre o razón social de la Sociedad será “BOTICAMED SpA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Objeto: La sociedad tendrá por objeto o giro para desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) La importación, exportación, distribución, comercialización, fabricación, transformación, modificación y reparación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de equipos, muebles, productos y suministros médicos y ortopédicos; b) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; c) La explotación en el país o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, diseños y modelos industriales. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que el constituyente o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $3.000.000.- dividido en 3.000.- acciones, sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan íntegramente por este acto de la siguiente manera: don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, suscribe en este acto la cantidad de 3.000.- acciones por un valor de $3.000.000.- En consecuencia, el capital social se encuentra suscrito y pagado. Administración: Corresponderá la Administración de la Sociedad a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, o quien sus derechos represente, quien detentará dicha calidad en tanto no sea reemplazado por acuerdo adoptado por los accionistas de acuerdo a lo dispuesto en los presentes Estatutos, y quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y podrá actuar directamente o por intermedio de uno o más Apoderados designados en la forma establecida en los estatutos de la Sociedad. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 24 DE Enero del 2020.