Instrumento
- Fecha
- 17 de febrero de 2020
- Repertorio
- 3173/2020
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, bonos, debentures, pagarés, y otros documentos financieros o comerciales, su administración y la percepción de las rentas que de ello deriven, así como también cualquier otro acto o negocio lícito que complemente los anteriores o sea una consecuencia de los mismos. La sociedad podrá constituir por si sola o junto a otras personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, sociedades de cualquier tipo o naturaleza, y en el desarrollo de sus actividades, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, y ya sea a su propio nombre o al de su mandante
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a don Pedro Antonio Pérez Guillón. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de los mismos accionistas o de terceros
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SAEZ, Notario Suplente de doña María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 17 de Febrero de 2020, Repertorio N° 3.173 / 2020, ante mí: don Pedro Antonio Pérez Guillón constituyó una sociedad por acciones de razón social ARCA SpA. Objeto: El objeto de la sociedad es efectuar toda clase de inversiones en bienes corporales, incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, bonos, debentures, pagarés, y otros documentos financieros o comerciales, su administración y la percepción de las rentas que de ello deriven, así como también cualquier otro acto o negocio lícito que complemente los anteriores o sea una consecuencia de los mismos. La sociedad podrá constituir por si sola o junto a otras personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, sociedades de cualquier tipo o naturaleza, y en el desarrollo de sus actividades, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena, y ya sea a su propio nombre o al de su mandante. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde a don Pedro Antonio Pérez Guillón. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de los mismos accionistas o de terceros. Capital: $500.000.-, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 18 de febrero de 2020.-