SERVICIOS MÉDICOS Y DOCENCIA GIAVIO Y BUSTOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2020
- Notario
- JOSÉ GABRIEL ARAYA MAGGI
- Oficio
- Titular de la Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Objeto social
- El objeto de la sociedad será: A.- La prestación a terceros, en locales propios o arrendados, directamente o a través de profesionales especialmente contratados, de servicios médicos y médico quirúrgicos, así como consultas domiciliarias, así como las demás actividades complementarias, conexas y afines; B.- Actividades de docencia, capacitación e investigación en el área de la medicina; C.- Toda otra actividad que los socios acuerden desarrollar en el futuro, relacionada o no con las anteriores
Administración
- La administración, el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá cualquiera de los socios, en forma individual y separada, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición, que a título ejemplar se señalan en la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ GABRIEL ARAYA MAGGI, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la Novena Notaría de Santiago, PABLO A. GONZÁLEZ CAAMAÑO, con oficio en esta ciudad, calle Teatinos N°333, entrepiso, CERTIFICA: por escritura de fecha 12 de febrero de 2020, ante mí, don BRUNO GIUGLIANO GIAVIO URBINATI y doña MACARENA ANGÉLICA BUSTOS ROJAS, ambos domiciliados en calle Constancio Vigil N°554, comuna de Las Condes; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL.- La razón social será "SERVICIOS MÉDICOS Y DOCENCIA GIAVIO Y BUSTOS LIMITADA", pudiendo actuar, para todos los efectos legales, inclusive con los Bancos y demás instituciones financieras, con el nombre de fantasía de "GIAVIO - BUSTOS LTDA.".- OBJETO SOCIAL.- El objeto de la sociedad será: A.- La prestación a terceros, en locales propios o arrendados, directamente o a través de profesionales especialmente contratados, de servicios médicos y médico quirúrgicos, así como consultas domiciliarias, así como las demás actividades complementarias, conexas y afines; B.- Actividades de docencia, capacitación e investigación en el área de la medicina; C.- Toda otra actividad que los socios acuerden desarrollar en el futuro, relacionada o no con las anteriores.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL.- La administración, el uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá cualquiera de los socios, en forma individual y separada, quienes anteponiendo a su firma la razón social, representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente con las más amplias facultades de administración y disposición, que a título ejemplar se señalan en la escritura.- CAPITAL.- $1.000.000, aportando cada socio la cantidad de $500.000, que enteran de contado e ingresan a la caja social.- LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD.- Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes.- VIGENCIA DE LA SOCIEDAD.- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y terminará en el plazo de 3 años. Sin embargo, se entenderá prorrogada tácita y sucesivamente por períodos iguales de 1 año cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social al menos con 6 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo.- DOMICILIO SOCIAL. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las oficinas, agencias, sucursales, o representaciones que pudiere establecer en otros puntos del país o del extranjero.- Demás estipulaciones, escritura extractada.