Instrumento
- Fecha
- 22 de enero de 2020
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- Domicilio.- Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- - Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
- Uno.- Construcción, y Ampliación de Casas, Edificios, Galpones, Locales, Oficinas, Obras Civiles, Obras de Ingeniería. Diseño Industrial. Dos.- Asesoría e Inversiones en adquisición y venta, de bienes y valores mobiliarios e inmobiliarios. Tres. - La adquisición, enajenación y explotación, administración, arrendamiento, otorgamiento de derechos reales sobre ellos, leasing, construcción, remodelación y actividades conexas, de toda clase de bienes raíces urbanos y rurales. La inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales y valores mobiliarios, acciones, bonos, derechos, debentures, títulos de crédito, cuotas de fondos mutuos y en general, todo tipo de efectos de comercio, e instrumentos financieros o mercantiles. Cuatro.- Constituir o formar parte de otras sociedades de cualquier tipo, modificarlas y ponerles termino, y asumir la administración de las mismas. Cinco.- Se añade a lo anterior, la prestación de servicios de asesoría en materias financieras, contables, de administración y gestión de negocios o empresas, legales, tributarias, laborales y afines a las anteriores. Seis.- La sociedad podrá realizar también todas aquellas actividades que permitan el desarrollo pertinente de las señaladas en éste artículo
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ELISA DEL CARMEN PRADO GUZMÁN, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, e incluso, actos que escapen del mismo; podrá ejercer las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y)o contratos
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Factor de comercio | socio | 3182237-8 | — | — | Lo Espejo, Metropolitana |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui N° 73, Certifico: por escritura de fecha 22 de enero de 2020, ante mi Suplente Felipe Eduardo Leiva Ilabaca, la compareciente, ELISA DEL CARMEN PRADO GUZMÁN, chilena, Factor de comercio, CI 3.182.237-8, con domicilio para estos efectos en Calle Paihuano N° 1.845, comuna de Lo Espejo, Región Metropolitana. Constituye sociedad por acciones. Nombre.- El nombre de la sociedad será “PRADO CONSTRUCCIONES SpA.”, sin nombre de fantasía. Domicilio.- Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración.- Indefinida. Objeto.- Uno.- Construcción, y Ampliación de Casas, Edificios, Galpones, Locales, Oficinas, Obras Civiles, Obras de Ingeniería. Diseño Industrial. Dos.- Asesoría e Inversiones en adquisición y venta, de bienes y valores mobiliarios e inmobiliarios. Tres. - La adquisición, enajenación y explotación, administración, arrendamiento, otorgamiento de derechos reales sobre ellos, leasing, construcción, remodelación y actividades conexas, de toda clase de bienes raíces urbanos y rurales. La inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales o incorporales y valores mobiliarios, acciones, bonos, derechos, debentures, títulos de crédito, cuotas de fondos mutuos y en general, todo tipo de efectos de comercio, e instrumentos financieros o mercantiles. Cuatro.- Constituir o formar parte de otras sociedades de cualquier tipo, modificarlas y ponerles termino, y asumir la administración de las mismas. Cinco.- Se añade a lo anterior, la prestación de servicios de asesoría en materias financieras, contables, de administración y gestión de negocios o empresas, legales, tributarias, laborales y afines a las anteriores. Seis.- La sociedad podrá realizar también todas aquellas actividades que permitan el desarrollo pertinente de las señaladas en éste artículo. Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- dividido en 100 acciones nominativas, de una misma serie, sin privilegios y sin valor nominal, que se paga de la siguiente forma: ELISA DEL CARMEN PRADO GUZMÁN, aporta en este acto la suma de $1.000.000.- que aporta en efectivo a la caja social, La diferencia de $9.000.000, será enterada por la compareciente en el plazo de 3 años, contados desde la suscripción de este acto. Por lo anterior, ELISA DEL CARMEN PRADO GUZMÁN es dueña de la cantidad de 10 acciones pagadas, manteniendo otras 90 acciones suscritas y por pagar. De la Administración. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ELISA DEL CARMEN PRADO GUZMÁN, quien anteponiendo a su firma la razón social, obligará y representará a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, e incluso, actos que escapen del mismo; podrá ejercer las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y/o contratos. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Extracto redactado por Abogada doña Sofía Alejandra Osses Carrillo. SANTIAGO, 04 de febrero de 2020.