MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76421443-9 CVE 1729457
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
7 de febrero de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
7 de febrero de 2020
Notario
MARIA IGNACIA VÁSQUEZ ARANGO
Domicilio
Titular Esmirna Vidal Moraga

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Temuco
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad es la prestación de toda clase de servicios jurídicos y tributarios tanto a personas naturales como a personas jurídicas, incluyendo en estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Los servicios profesionales consisten en asesorías en los distintos campos o áreas de práctica del derecho tributario, tales como gestión y planificación tributaria, asesoramiento legal y tributario en procesos de reorganización de empresas, planificaciones de herencia, defensa de los contribuyentes ante cualquier tipo de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, y, la defensa de los mismos ante la Tesorería General de la República y los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Los servicios también comprenden la elaboración de informes en derecho, seminarios y charlas sobre materias tributarias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital y Acciones: El capital asciende a la suma de 1.000.000 de pesos, dividido en 100 acciones, todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra suscrito y pagado en dinero efectivo, en la forma y por los socios y actuales accionistas indicados en el Artículo Primero Transitorio de escritura extractada

Administración

Los accionistas designan en calidad de Administradores a JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ y a STEPHANIE KARLA MANZ LECLERC, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo su respectiva firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes establecidos en estos estatutos y las demás que le correspondan en conformidad a la ley, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Asimismo, se deja constancia que no se designa Gerente alguno. Cláusula de responsabilidad: Para todos los efectos legales y tributarios ESPINOZA & ASOCIADOS SpA se hace responsable solidariamente de todos los impuestos que eventualmente pudieren adeudarse por ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA, relativos al giro o actividad respectiva, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA IGNACIA VÁSQUEZ ARANGO, Notario Público, Suplente de la Titular Esmirna Vidal Moraga, con oficio en Temuco, Antonio Varas 979, certifica: Por escritura pública de fecha 07.02.2020, otorgada ante la Titular, don JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ, divorciado, abogado, C.I. 10.477.428-8, y, doña STEPHANIE KARLA MANZ LECLERC, soltera, secretaria ejecutiva y socia de empresas, C.I. 11.896.087-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Claro Solar N° 835, oficina 1601, Torre Campanario, comuna y ciudad de Temuco, modificaron estatutos de ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA, sociedad inscrita a fojas 1776, N° 1331, Registro Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año 2014, Rol Único Tributario N° 76.421.443-9, y, acto seguido, acordaron transformarla en una sociedad por acciones. Modificación de estatutos sociales. Uno.- Precisaron y perfeccionaron el objeto social, para lo cual reemplazaron íntegramente el artículo tercero de los estatutos sociales por el del siguiente tenor: "Artículo Tercero. El objeto de la sociedad es la prestación de toda clase de servicios jurídicos y tributarios tanto a personas naturales como a personas jurídicas, incluyendo en estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Los servicios profesionales consisten en asesorías en los distintos campos o áreas de práctica del derecho tributario, tales como gestión y planificación tributaria, asesoramiento legal y tributario en procesos de reorganización de empresas, planificaciones de herencia, defensa de los contribuyentes ante cualquier tipo de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, y, la defensa de los mismos ante la Tesorería General de la República y los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Los servicios también comprenden la elaboración de informes en derecho, seminarios y charlas sobre materias tributarias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas."; y Dos.- Modificaron la cláusula arbitral, para lo cual reemplazaron íntegramente el artículo décimo quinto por el del siguiente tenor: “ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Todas las dificultades que se produzcan entre los socios o entre uno o más de ellos con la sociedad, con motivo de la interpretación del presente contrato o de su ejecución, cumplimiento, modificación, tramitación o aplicación durante su vigencia o liquidación anticipada o no, serán resueltas breve y sumariamente, en única instancia, por un árbitro arbitrador, en contra de cuyo fallo no procederá recurso alguno. Los socios designan desde ya en calidad de árbitro a don Roberto Edwards Smith. A falta de este árbitro, o, en el evento que el árbitro no pudiera o no quisiera aceptar el cargo, éste será designado por la justicia ordinaria en subsidio, pero, en tal caso, el árbitro deberá tener la calidad de árbitro mixto, es decir, será árbitro arbitrador en cuanto al procedimiento y árbitro de derecho en cuanto al fallo.” En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes estatutos de sociedad contenidos en escritura singularizada en cláusula primera de escritura extractada. Transformación. - Por mismo instrumento, y en acto sucesivo, JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ y STEPHANIE KARLA MANZ LECLERC, acordaron transformar ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA en una sociedad por acciones (SpA), la cual se regirá por el Título VII, párrafo 8°, del Libro II del Código de Comercio y demás normas legales que le sean aplicables, y, en especial, por los siguientes estatutos. Nombre: El nombre o razón social será ESPINOZA & ASOCIADOS SpA. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Objeto social: El objeto de la sociedad es la prestación de toda clase de servicios jurídicos y tributarios tanto a personas naturales como a personas jurídicas, incluyendo en estas últimas a todo tipo de empresas, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Los servicios profesionales consisten en asesorías en los distintos campos o áreas de práctica del derecho tributario, tales como gestión y planificación tributaria, asesoramiento legal y tributario en procesos de reorganización de empresas, planificaciones de herencia, defensa de los contribuyentes ante cualquier tipo de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos, y, la defensa de los mismos ante la Tesorería General de la República y los Tribunales Tributarios y Aduaneros. Los servicios también comprenden la elaboración de informes en derecho, seminarios y charlas sobre materias tributarias. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital y Acciones: El capital asciende a la suma de 1.000.000 de pesos, dividido en 100 acciones, todas nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las cuales serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital se encuentra suscrito y pagado en dinero efectivo, en la forma y por los socios y actuales accionistas indicados en el Artículo Primero Transitorio de escritura extractada. Administración: Los accionistas designan en calidad de Administradores a JOSÉ MIGUEL ESPINOZA DÍAZ y a STEPHANIE KARLA MANZ LECLERC, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo su respectiva firma a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes establecidos en estos estatutos y las demás que le correspondan en conformidad a la ley, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos que digan relación con el giro de los negocios sociales. Asimismo, se deja constancia que no se designa Gerente alguno. Cláusula de responsabilidad: Para todos los efectos legales y tributarios ESPINOZA & ASOCIADOS SpA se hace responsable solidariamente de todos los impuestos que eventualmente pudieren adeudarse por ESPINOZA & ASOCIADOS LIMITADA, relativos al giro o actividad respectiva, todo ello, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Tributario. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 18 de Febrero de 2020.