CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Comercial e Industrial Vientos SpA

RUT 15552042-6 CVE 1729363
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de febrero de 2020
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de febrero de 2020
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP
Duración
La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura de constitución y durará 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 3 años cada uno

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización de todo acto de comercio, que digan relación con la compra y permuta de cosas muebles, hechas con ánimo de venderlas, permutarlas o arrendarlas en la misma forma o en otra distinta, y la venta, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas; la compra de establecimientos de comercio; el arrendamiento de cosas muebles hechas con el ánimo de subarrendarlas; tendrá también como objeto la construcción y arrendamiento, comercialización y urbanización de bienes raíces y su loteo, ya sea propios o ajenos; la fabricación y manufacturación de bienes corporales muebles; celebrar contratos de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, y en especial, la compraventa, representación, consignaciones de toda clase de elementos, materiales y accesorios que digan referencia en forma directa o indirecta con la construcción de todo tipo de viviendas; la mantención, fabricación, instalación, comercialización en trabajos de metalurgia, construcción y electricidad, importación, exportación, compra y venta de material de fierro y sus derivados; la producción y comercialización de productos agrícolas, como asimismo comprar, vender, arrendar y administrar propiedades agrícolas y no agrícolas, para sí o para tercero y, en general, la realización de todo tipo de acto o contrato conducente al fin social. Además, podrá prestar asesoría y)o consultoría profesional o asistencia técnica a toda clase de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en el ámbito comercial y)o financiero, sea en forma directa, asociada o con intervención de tercero. Capital y acciones: El capital de la sociedad será de $100.000.000, dividido en 100.000 mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma convenida en el artículo primero transitorio de la escritura extractada

Administración

La administración, representación y uso de su razón social y del nombre de fantasía de la sociedad, corresponderá a: Uno) Tomás Patricio Münzer Gruenbaum, quien actuando individual e indistintamente tendrá las más amplias facultades que en derecho existan; y, Dos) José Felipe Benavente Rodríguez; Alejandro Zamorano Padilla; Alex Felipe Searle Solar; y, Bernardo Rosenberg Elberg, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de estos últimos cuatro, en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades que en derecho existan

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la 42 Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas N°1070, piso 2, Santiago, ante mí, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 13 de febrero de 2020, SEBASTIÁN FERNANDO MARTÍNEZ-CONDE CASTRO, cédula nacional de identidad N°15.552.042-6, constituyó la sociedad por acciones denominada “COMERCIAL E INDUSTRIAL VIENTOS SpA”, siendo las siguientes materias objeto de extracto: Nombre: “Comercial e Industrial Vientos SpA”. Dicha denominación no obsta al uso del nombre de fantasía “Vientos SpA” para fines publicitarios, propaganda u operaciones bancarias. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de todo acto de comercio, que digan relación con la compra y permuta de cosas muebles, hechas con ánimo de venderlas, permutarlas o arrendarlas en la misma forma o en otra distinta, y la venta, permuta o arrendamiento de estas mismas cosas; la compra de establecimientos de comercio; el arrendamiento de cosas muebles hechas con el ánimo de subarrendarlas; tendrá también como objeto la construcción y arrendamiento, comercialización y urbanización de bienes raíces y su loteo, ya sea propios o ajenos; la fabricación y manufacturación de bienes corporales muebles; celebrar contratos de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, y en especial, la compraventa, representación, consignaciones de toda clase de elementos, materiales y accesorios que digan referencia en forma directa o indirecta con la construcción de todo tipo de viviendas; la mantención, fabricación, instalación, comercialización en trabajos de metalurgia, construcción y electricidad, importación, exportación, compra y venta de material de fierro y sus derivados; la producción y comercialización de productos agrícolas, como asimismo comprar, vender, arrendar y administrar propiedades agrícolas y no agrícolas, para sí o para tercero y, en general, la realización de todo tipo de acto o contrato conducente al fin social. Además, podrá prestar asesoría y/o consultoría profesional o asistencia técnica a toda clase de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, en el ámbito comercial y/o financiero, sea en forma directa, asociada o con intervención de tercero. Capital y acciones: El capital de la sociedad será de $100.000.000, dividido en 100.000 mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma convenida en el artículo primero transitorio de la escritura extractada. Administración: La administración, representación y uso de su razón social y del nombre de fantasía de la sociedad, corresponderá a: Uno) Tomás Patricio Münzer Gruenbaum, quien actuando individual e indistintamente tendrá las más amplias facultades que en derecho existan; y, Dos) José Felipe Benavente Rodríguez; Alejandro Zamorano Padilla; Alex Felipe Searle Solar; y, Bernardo Rosenberg Elberg, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de estos últimos cuatro, en nombre y representación de la sociedad, y anteponiendo a su firma la razón social, tendrán las más amplias facultades que en derecho existan. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la escritura de constitución y durará 5 años, entendiéndose renovada, en forma automática y sucesiva, por períodos de 3 años cada uno. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de febrero de 2020.