HIPERMERCADOS TOTTUS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de enero de 2020
- Notario
- FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Oficio
- 2ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
- El objeto de la Sociedad será: 1) La instalación y explotación, directamente o a través de terceros, en el país o en el extranjero, de todo tipo de establecimientos comerciales, tiendas, almacenes, supermercados e hipermercados, destinados al comercio minorista de toda clase de productos y servicios, susceptibles de comercialización minorista en grandes tiendas, almacenes, supermercados e hipermercados; 2) La instalación y explotación directamente o a través de terceros, en el país o en el extranjero, de los talleres o fábricas destinados a la elaboración, preparación, envase, transformación y producción de los productos o artículos de cuya comercialización se trata; 3) La compraventa, distribución, importación, exportación, comercialización e intermediación de toda clase de productos y)o servicios, ya sean propios o de terceros, a través de medios convencionales, plataformas web o app móviles; 4) La explotación de plataformas web y aplicaciones móviles para el desarrollo de las actividades previamente señaladas; y 5) La prestación y realización, directamente o a través de terceros, en el país o en el extranjero, de todos los servicios y operaciones que sean complementarios con los giros antes indicados.”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Oficio Amunategui N° 73, Santiago, certifica: Con fecha 6 de febrero de 2020, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “HIPERMERCADOS TOTTUS S.A.” (la “Sociedad”), celebrada con fecha 28 de enero de 2020, en la que se acordó por la unanimidad de los accionistas, modificar el objeto social, incorporando como parte del giro, la intermediación de toda clase de productos y servicios, ya sea propios o de terceros, a través de medios convencionales, plataformas web o app móviles; así como también, la prestación, directamente o a través de terceros, en el país o en el extranjero, de todo tipo de servicios que sean complementarios con el giro de la Sociedad. A consecuencia de lo anterior, actuales y únicos accionistas acuerdan remplazar el artículo cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: Objeto.- El objeto de la Sociedad será: 1) La instalación y explotación, directamente o a través de terceros, en el país o en el extranjero, de todo tipo de establecimientos comerciales, tiendas, almacenes, supermercados e hipermercados, destinados al comercio minorista de toda clase de productos y servicios, susceptibles de comercialización minorista en grandes tiendas, almacenes, supermercados e hipermercados; 2) La instalación y explotación directamente o a través de terceros, en el país o en el extranjero, de los talleres o fábricas destinados a la elaboración, preparación, envase, transformación y producción de los productos o artículos de cuya comercialización se trata; 3) La compraventa, distribución, importación, exportación, comercialización e intermediación de toda clase de productos y/o servicios, ya sean propios o de terceros, a través de medios convencionales, plataformas web o app móviles; 4) La explotación de plataformas web y aplicaciones móviles para el desarrollo de las actividades previamente señaladas; y 5) La prestación y realización, directamente o a través de terceros, en el país o en el extranjero, de todos los servicios y operaciones que sean complementarios con los giros antes indicados.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Sociedad está inscrita a fojas 40.118, número 29.835 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2004. Santiago, 07/02/2020.- Francisco Javier Leiva Carvajal.- Notario Titular.