Arco Admin Holding SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2020
- Notario
- MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- 27 Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $503.640.590 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público Titular 27 Notaria Santiago, Orrego Luco Nº 0153 Providencia, certifica: por escritura pública de 31 de enero de 2020, rep. 1864-2020, otorgada ante la Notario Público Interino, Margarita Moreno Zamorano, la sociedad ARROYO ENERGY CHILE RENEWABLES OPCO ESPAÑA, S.L., en su calidad de única y exclusiva accionista de ARCO Admin Holding SpA (la “Sociedad”), inscrita a fs. 9.262, Nº5.020 del Registro de Comercio de Santiago del año 2019, modificó los estatutos de la Sociedad en la siguiente forma: 1) Aumentando el capital de la sociedad de la suma de $1.000.000 dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor íntegramente suscrito y pagado, a la nueva suma de $503.640.590, dividido en 50.100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor. Las nuevas acciones de pago deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de cinco años contado desde el 31 de enero de 2020; y 2) Reemplazando íntegramente los artículos quinto y primero transitorio por lo siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital social. El capital social asciende a la suma de $503.640.590, el que se encuentra dividido en 50.100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, que se suscriben, enteran y pagan en la forma indicada en las disposiciones transitorias de este estatuto. El capital social podrá ser aumentado o disminuido por acuerdo de la mayoría de las acciones emitidas y pagadas. El plazo para enterar los aumentos de capital será, salvo acuerdo en contrario, de 5 años contados desde la fecha del acuerdo respectivo. Vencido dicho plazo, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado. El capital podrá ser aportado en dinero o en bienes no dinerarios. Tratándose de aportes de capital en bienes no consistentes en dinero, la unanimidad de los accionistas, deberán valorar y aprobar dichos aportes.”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Pago del Capital. El capital de la Sociedad, que asciende a la suma de $503.640.590, dividido en 50.100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, se entera, suscribe y paga, de la siguiente manera: a. Con la cantidad de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, que fueron íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al 31 de enero de 2020. b. Con la cantidad de $502.640.590, dividido en 50.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie y valor, emitidas en virtud del aumento del capital social acordado mediante escritura pública otorgada con fecha 31 de enero de 2020 en la Notaría de Santiago de doña Margarita Moreno Zamorano, Notario Público Interino, que deberán quedar íntegramente suscritas y pagadas dentro del plazo máximo de 5 años contado desde el día 31 de enero de 2020.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de febrero de 2020. María Patricia Donoso Gomien, Notario Público Titular.