INVERSIONES PIPO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 18 de diciembre de 2020
- Repertorio
- 693-2020
- Notario
- PATRICIO HERNÁN CATHALIFAUD MOROSO
- Oficio
- 12 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO HERNÁN CATHALIFAUD MOROSO, Notario Público 12 Notaría de Santiago, Teatinos 331 Santiago, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, bajo el repertorio 693-2020, don Felipe Alonso Vergara Celis debidamente facultado viene en rectificar, aclarar y complementar escritura pública que contiene la Cesión de Derechos Sociales y Modificación de Estatutos Inversiones Pipo Limitada, Rut. 76.395.781-0, de fecha 18.12.2020, otorgada en esta misma notaría, bajo el repertorio 5842-2019, en los siguientes sentidos. PRIMERO: Rectificaciones. Uno) DONDE DICE “Actuales socios y participaciones sociales. Al día de hoy el capital de la Sociedad asciende a la cantidad de trescientos catorce millones seiscientos sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis pesos que ha sido íntegramente pagado y enterado a la caja social con anterioridad a esta fecha y que corresponde a los socios en las siguientes proporciones: /a/ Ignacio Enrique Maira Sepúlveda con un noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento de los derechos sociales, equivalente a trescientos catorce millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos noventa y nueve mil pesos; /b/ María Isabel Sepúlveda Trucco con un cero coma cero cero cero tres por ciento de los derechos sociales, equivalente a mil pesos”, DEBE DECIR: “Actuales socios y participaciones sociales. Al día de hoy el capital de la Sociedad asciende a la cantidad de trescientos catorce millones seiscientos sesenta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis pesos que ha sido íntegramente pagado y enterado a la caja social con anterioridad a esta fecha y que corresponde a los socios en las siguientes proporciones: /a/ Ignacio Enrique Maira Sepúlveda con un noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento de los derechos sociales, equivalente a trescientos catorce millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis pesos; /b/ María Isabel Sepúlveda Trucco con un cero coma cero cero cero tres por ciento de los derechos sociales, equivalente a mil pesos”; Dos) DONDE DICE “Por escritura pública de esta misma fecha otorgada en esta misma notaría, don IGNACIO ENRIQUE MAIRA SEPULVEDA, actuando en su calidad de empresario individual, constituyó la sociedad cuya razón social es INVERSIONES & ASESORIAS CONICAM SpA, a la que aportó los derechos sociales de los que es titular en INMOBILIARIA E INVERSIONES AURELIO MAIRA Y COMPAÑÍA LIMITADA, con el consentimiento previo de los demás socios, quienes ratifican por este acto el consentimiento otorgado”, DEBE DECIR “Por escritura pública de esta misma fecha otorgada en esta misma notaría, don IGNACIO ENRIQUE MAIRA SEPULVEDA, actuando en su calidad de empresario individual, constituyó la sociedad cuya razón social es INVERSIONES & ASESORIAS CONICAM SpA, a la que aportó los derechos sociales de los que es titular en INVERSIONES PIPO LIMITADA, con el consentimiento previo de los demás socios, quienes ratifican por este acto el consentimiento otorgado”; Tres) DONDE DICE “Cesión de derechos sociales. En virtud del presente instrumento, don IGNACIO ENRIQUE MAIRA SEPULVEDA, en su calidad de empresario individual, con el consentimiento expreso de todos los socios de la Sociedad, cede y transfiere el total de los derechos sociales de los que es titular a esta fecha en la Sociedad, equivalentes a un noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento, a la sociedad INVERSIONES & ASESORIAS CONICAM SpA, quien declara adquirirlos y recibirlos en este acto”, DEBE DECIR: “Cesión de derechos sociales. En virtud del presente instrumento, don IGNACIO ENRIQUE MAIRA SEPULVEDA, en su calidad de empresario individual, con el consentimiento expreso de todos los socios de la Sociedad, cede y transfiere el total de los derechos sociales de los que es titular a esta fecha en la Sociedad, equivalentes a un noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento, por la suma de trescientos catorce millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis pesos a la sociedad INVERSIONES & ASESORIAS CONICAM SpA, quien declara adquirirlos y recibirlos en este acto”; y Cuatro) DONDE DICE: “Resultado de la cesión de derechos. Como consecuencia de la cesión acordada en la cláusula anterior y con la autorización previa, unánime y expresa de todos los socios, se retira de la Sociedad don Ignacio Enrique Maira Sepúlveda por haber cedido la totalidad de los derechos sociales en la Sociedad de los que era titular, quien otorga el más amplio finiquito respecto de cualquier demanda y/o reclamación que pudieren tener contra la Sociedad emanada del contrato de sociedad ya referido. Por otra parte, todos los socios de la Sociedad aceptan la transferencia del noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento de los derechos sociales de la Sociedad a INVERSIONES & ASESORÍAS CONICAM SPA, quien, por tanto, ingresa como nuevo socio de la Sociedad. De esta forma, quedan como únicos socios de la Sociedad los que a continuación se indican y con las siguientes participaciones: /a/ Inversiones & Asesorías CONICAM SpA con un noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento de los derechos sociales, equivalente a trescientos catorce millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos noventa y nueve mil pesos; /b/ María Isabel Sepúlveda Trucco con un cero coma cero cero cero tres por ciento de los derechos sociales, equivalente a mil pesos”, DEBE DECIR: “Resultado de la cesión de derechos. Como consecuencia de la cesión acordada en la cláusula anterior y con la autorización previa, unánime y expresa de todos los socios, se retira de la Sociedad don Ignacio Enrique Maira Sepúlveda por haber cedido la totalidad de los derechos sociales en la Sociedad de los que era titular, quien otorga el más amplio finiquito respecto de cualquier demanda y/o reclamación que pudieren tener contra la Sociedad emanada del contrato de sociedad ya referido. Por otra parte, todos los socios de la Sociedad aceptan la transferencia del noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento de los derechos sociales de la Sociedad a INVERSIONES & ASESORÍAS CONICAM SPA, quien, por tanto, ingresa como nuevo socio de la Sociedad. De esta forma, quedan como únicos socios de la Sociedad los que a continuación se indican y con las siguientes participaciones: /a/ Inversiones & Asesorías CONICAM SpA con un noventa y nueve coma nueve nueve nueve siete por ciento de los derechos sociales, equivalente a trescientos catorce millones seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y seis pesos; /b/ María Isabel Sepúlveda Trucco con un cero coma cero cero cero tres por ciento de los derechos sociales, equivalente a mil pesos”. En todo lo no modificado continuará vigente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de febrero de 2020.