CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

FULL CLIMATIZACIÓN SpA

CVE 1727709
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de enero de 2020
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2020
Notario
GLADYS DEL C. HERNANDEZ MANZANO
Domicilio
Puente Alto con asiento en Pirque

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Puente Alto
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: Servicio técnico de equipos de climatización, montaje, instalación reparación y mantención de los mismos equipos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GLADYS DEL C. HERNANDEZ MANZANO, Notario Público Interino de Puente Alto con asiento en Pirque, con oficio en Camino El Llano N°10 Locales 13 y 14, Pirque: Certifico que con fecha 09/01/2020, ante mí, compareció: don WILDO LEONEL ALEJANDRO LEIVA CERRA, chileno, soltero, independiente, domiciliado en Pasaje Bogatell tres sur número mil ciento cuarenta y siete, Villa Casas del Alto, comuna de Puente Alto; por este acto: constituye sociedad por acciones, cuyos estatutos se extractan a continuación: Razón social: FULL CLIMATIZACIÓN SpA.- Domicilio: comuna de Puente Alto, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan dentro del país. Duración: La sociedad tendrá una duración indefinida desde la fecha de la escritura de constitución. Objeto: El objeto de la sociedad será: Servicio técnico de equipos de climatización, montaje, instalación reparación y mantención de los mismos equipos.- Capital: $5.000.000.-, dividido y representado en diez acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, capital social queda suscrito de la constitución de la Sociedad aportado por don WILDO LEONEL ALEJANDRO LEIVA CERRA, en este acto en dinero efectivo y al contado. De esta manera queda totalmente suscrito y pagado el capital social.- La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don WILDO LEONEL ALEJANDRO LEIVA CERRA, quien anteponiendo la Razón social a su firma, representa a la sociedad con todas y cada una de las facultades detalladas en el estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Rep.5/2020 Pirque, 10/01/2020. DOY FE.