Marubeni Copper Holdings Limited, Agencia en Chile
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2020
- Repertorio
- 824/2020
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Agencia en Chile | socio | 59219010-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Notario Público Suplente del Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número N° 3076, oficina 601, sexto piso, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, según Decreto número catorce - dos mil veinte, de la Presidencia de la Corte de Apelaciones de fecha siete de enero del dos mil veinte, protocolizado al final de los Registros del mes de enero del mismo año, certifico: Por escritura pública del 21 de enero de 2020, repertorio N° 824/2020, ante mí, don Hideaki Azuma, en nombre y representación de MARUBENI COPPER HOLDINGS LIMITED, Agencia en Chile, RUT N°59.219.010-9, (en adelante la “Agencia”), ambos domiciliados para estos efectos en Isidora Goyenechea 2800, oficina 3401, Las Condes, Santiago, en base a lo dispuesto en el artículo 450 del Código de Comercio, modificó la escritura de declaración a que se refieren los artículos 447 y siguientes del Código de Comercio, otorgada con fecha 12 de abril de 2016 en esta misma Notaría, anotada bajo el repertorio N°3.078/2016 e inscrita a fojas 26.932 N°15.067 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2016 (la “Escritura de Declaración”). Dicha modificación consiste en aumentar el capital de la Agencia en la cantidad de doscientos diez millones de dólares de los Estados Unidos de América, en adelante “Dólares”, equivalentes para efectos referenciales a ciento sesenta y un mil seiscientos ochenta y cinco millones trecientos mil pesos de acuerdo al tipo de cambio denominado dólar observado publicado con fecha veintiuno de enero dos mil veinte en el Diario Oficial de setecientos sesenta y nueve coma noventa y tres pesos por Dólar, reemplazando por lo tanto el artículo sexto de la Escritura de Declaración por el siguiente: “SEXTO: Capital. El capital efectivo que la Sociedad radicará en el país para el giro de sus operaciones será la suma de ochocientos noventa y siete millones ochocientos cincuenta mil ciento noventa dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, en adelante “Dólares”, cantidad que se encuentra enterada de la siguiente forma: a) con la cantidad de seiscientos ochenta y siete millones ochocientos cincuenta mil ciento noventa Dólares, que han sido enterados con anterioridad a esta fecha; y, b) con la cantidad de doscientos diez millones de Dólares, que se enterará a más tardar el treinta y uno de julio de dos mil veinte. Si así no ocurriere, al vencimiento de dicho plazo el capital social quedará reducido al monto efectivamente pagado.” En todo lo no modificado, se confirman las declaraciones realizadas en la Escritura de Declaración. Santiago, 22 de enero de 2020, Gustavo Montero Marti, Notario Público Suplente.