MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD GASTRONÓMICA DON LUIS LIMITADA

RUT 78835320-0 CVE 1725858
Capital
$70.700.000 CLP
Fecha instrumento
6 de enero de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de enero de 2020
Notario
HERNÁN CUADRA GAZMURI
Oficio
1ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$70.700.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNÁN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público 1ª Notaría Santiago, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública de 06 de Enero 2020, ante mí, LUIS VÍCTOR MANUEL TAPIA SOTO, empresario, C.I. Nº 4.997.171-0, con domicilio en Avda. Vivaceta Nº 2.019, comuna de Independencia, Región Metropolitana, por sí y en representación de doña JAVIERA ALEJANDRA TAPIA TORRA, factor de comercio, C.I. Nº 16.358.760-2, con domicilio en Luis Pereira Nº 478, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; doña MARÍA MACARENA TAPIA TORRA, factor de comercio, C.I. Nº 12.240.741-1, con domicilio en Avda. La Florida Nº 10.425, comuna de La Florida, Región Metropolitana; doña ÁNGELA TORRA BARRIO, factor de comercio, C.I. Nº 5.927.103-2, con domicilio en Luis Pereira Nº 478, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; y doña ÁNGELA MARCELA ESTIBALIES TAPIA TORRA, factor de comercio, C.I. Nº 13.270.348-5, con domicilio en Fermín Vivaceta Nº 2.031, comuna de Independencia, Región Metropolitana, sociedad constituida por escritura pública de fecha 05 de Enero de 1996, en Notaría de Santiago de don Humberto Quezada Moreno, la que se denominó RESTAURANT KAN PEI LIMITADA, Rut: 78.835.320-0, con capital de $70.700.000, aportados forma dicho texto indica, enterados en caja social, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fs. 2.395, Nº 1.936, año 1996, Modificada mediante escritura pública de 16 de Marzo de 2005, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Osvaldo Pereira González, cuyo extracto se inscribió al margen de la inscripción social reseñada, mediante esa modificación, quedaron como únicos socios totalidad de los 5 comparecientes, en porcentajes del 20% cada uno de ellos, y dueños por ende de respectivos derechos sociales; modificando capital social forma allí se indica y se sustituyó nombre de sociedad por SOCIEDAD GASTRONÓMICA DON LUIS LIMITADA, siguiente forma: A.- Se retira de socio LUIS VICTOR MANUEL TAPIA SOTO, el cual procede a vender, ceder y transferir totalidad sus derechos sociales, que corresponden al 20% del haber social, forma que se pasa a señalar: 1.- Vende, cede y transfiere el 25% sus derechos, que corresponden al 5% del haber social, a doña ÁNGELA TORRA BARRIO, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en suma de $17.825.000, pagados este acto, contado, con $5.825.000, y saldo lo pagará plazo de 2 años contar esta fecha.- 2.- Vende, cede y transfiere 25% sus derechos sociales que corresponden al 5% haber social, a doña MARÍA MACARENA TAPIA TORRA, quien los compra, acepta y adquiere para sí en $17.825.000, que paga este acto, contado, con $5.825.000 y saldo de $12.000.000, lo pagará en plazo de 2 años contar esta fecha.- 3.- Vende, cede y transfiere el 25% sus derechos sociales, que equivalen al 5% haber social, a doña MARCELA ESTIBALIES TAPIA TORRA, quien los compra, acepta y adquiere para sí en suma de $17.825.000, que se paga este acto, contado, con $5.825.000, y saldo de $12.000.000, lo pagará plazo 2 años contar esta fecha.- 4.- Vende, cede y transfiere 25% sus derechos en sociedad, que equivalen al 5% haber social a doña JAVIERA ALEJANDRA TAPIA TORRA en $17.825.000, que paga con $5.825.000 este acto, contado, y saldo de $12.000.000 se pagará plazo de 2 años contar esta fecha.- Parte vendedora, cesionarias y adquirentes, se otorgan completo, cabal y amplio finiquito, declarando que nada se adeudan relación a cesiones, ventas y transferencias que da cuenta presente escritura.- Consecuencia cesiones y ventas que da cuenta este instrumento, sociedad queda compuesta exclusivamente por socias ÁNGELA TORRA BARRIO, MARIA MACARENA TAPIA TORRA, MARCELA ESTIBALIES TAPIA TORRA y JAVIERA ALEJANDRA TAPIA TORRA, titulares cada una de ellas y dueñas del 25% de derechos en sociedad se modifica.- B.- Declaran socias por unanimidad, que capital de sociedad, en consideración a revalorización de capital propio y valorización sus activos, considerando además balance último ejercicio, asciende a esta fecha a $356.496.000, pagado en su totalidad, por ende se modifica este sentido, expresamente, cláusula 6ª estatutos sociales; C.- Acuerdan únicas socias por unanimidad, modificar este modo cláusula 5ª de Estatutos Sociales, que a partir esta fecha, queda como única y exclusiva administradora y por ende representante legal de sociedad, a doña MARÍA MACARENA TAPIA TORRA, quien anteponiendo su nombre a razón social, obligará con amplias facultades y poderes establecidos en Artículo Quinto de escritura de constitución, poderes que se dan por íntegramente reproducidos, uno a uno, en su totalidad.- Todo lo no modificado por presente escritura, y en reseñada del 16 de Marzo de 2005, queda plenamente vigente resto cláusulas de estatuto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 30 de Enero de 2020.- H. Cuadra G., Not. Púb.-