M2 INGENIERIA SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de marzo de 2018
- Notario
- XIMENA CARMONA TORRES
- Domicilio
- titular Ernesto Montoya Peredo
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 42009 del 16 de marzo de 2018
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalXIMENA CARMONA TORRES, Notario Público suplente del titular Ernesto Montoya Peredo, 3° Notaria Rancagua Campos 377, certifico: Por escritura de hoy ante mí; don PABLO ANDRÉS SAN MARTÍN ROJAS, chileno, soltero, ingeniero eléctrico, C.I. Nº 11.952.335-4, domiciliado en Pucará Nº20, oficina 407, Centro Nuevo, Machalí, único accionista y director de M2 INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN SpA, nombre de fantasía M2 INGENIERIA SpA, constituida por escritura suscrita ante la 3 Notaría Pública de Rancagua de don Ernesto Montoya Peredo y cuyo repertorio es el número 1654-2018, su extracto fue publicado en el Diario Oficial número 42.009 de fecha 16 de Marzo de 2018, e inscrito a fojas 213 número 177 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua del año 2018, su RUT es el Nº76.852.533-1. El capital constituido de la sociedad es de $10.000.000.-, los que son divididos en 10.000 acciones nominales, cada una por un valor de $1.000.-, a la fecha, enterado y pagado el capital suscrito. Compareciente modifica Estatutos de la Sociedad antes citada, en siguiente sentido: Se modifica el Título Tercero, artículo Undécimo y artículo primero transitorio, originales de la Escritura de Constitución de la Sociedad ya singularizada, reemplazando en ambos artículos citados el nombre de doña MARISOL ALEJANDRA MUÑOZ FUENTES, por el del compareciente don PABLO ANDRÉS SAN MARTÍN ROJAS; quedando en definitiva en el siguiente tenor: “ARTÍCULO UNDÉCIMO. La sociedad será administrada y representada por su accionista, don PABLO ANDRÉS SAN MARTÍN ROJAS, ya individualizado, y la ejercerá por toda la vigencia de la Sociedad. El cargo de Director no será remunerado.-“.; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. El Director, don PABLO ANDRÉS SAN MARTÍN ROJAS, , designará a la persona del Gerente de la Sociedad dentro del plazo de ciento veinte días contados desde la modificación de estatutos de fecha treinta y uno de Enero de 2020. Si no se efectuare tal designación en el plazo indicado, el Director continuará ejerciendo, por sí, la administración y representación de la sociedad con todas y cada una de las facultades que las leyes y, especialmente, el presente estatuto establecen para la gestión de la sociedad”, quedando el resto del contenido del artículo en el mismo sentido original, sin enmiendas. En lo demás, mantiene vigente escritura original. Rancagua, RNCAGUA, 31 de Enero del 2020.