MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Los Riscos Limitada

RUT 76010019-6 CVE 1726170
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2019
Notario
Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

i) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la adquisición y enajenación a cualquier título, arrendamiento y explotación en cualquier forma de bienes muebles o raíces; la planificación, administración, ejecución, gestión, comercialización, explotación, y desarrollo de proyectos inmobiliarios, comerciales, propios y)o de terceros, en todas sus formas y estructuras de negocios; ii) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios de carácter profesional y)o técnico, dentro o fuera del país, ya sea en materias económicas, financieras, inmobiliarias, de comercio exterior, ingeniería, marketing, recursos humanos, administración, legales, deportivas, agrícolas, de servicios u otras que acuerden los socios; iii) El desarrollo de todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y)o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, la adquisición, enajenación y administración de toda clase de valores mobiliarios, incluyendo bonos, efectos de comercio, derechos en sociedades de cualquier naturaleza y todo otro tipo de valores; iv) El desarrollo e implementación de proyectos de inversión, la promoción y desarrollo de toda clase de negocios, sean industriales o de servicios. Para estos fines, podrá dedicarse a la compraventa de empresas y a la comercialización de bienes; v) Formar, participar e invertir en otras sociedades de cualquier naturaleza, constituir toda clase de sociedades, cooperativas, comunidades, corporaciones, fundaciones e incorporarse a otras ya existentes, desarrollar actividades de su giro por sí misma o a través de sociedades que se constituyan al efecto, como socia, accionista o de cualquier otra manera; vi) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y)o participar en toda clase de sociedades de personas, por acciones, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

KARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha, 27 de diciembre de 2019, ante mí, don Cristóbal Achurra Staplefield, cédula de identidad número 10.302.288-6, y doña Ignacia María Egaña Bombal, cédula nacional de identidad número 13.435.308-2, ambos con domicilio en calle Francisco de Aguirre número 4548, Vitacura, Región Metropolitana, quienes en su calidad de actuales y únicos socios, vienen en transformar la sociedad Inversiones los Riscos Limitada, sociedad inscrita a fojas 19.049, número 13.910, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2007.- I.- Transformación a Sociedad Anónima: Los actuales y únicos socios acuerdan transformar la sociedad Inversiones Los Riscos Limitada en una sociedad anónima cerrada, que se denominará Los Riscos S.A. II.- Estatutos Sociales de Los Riscos S.A.: Los Estatutos Sociales quedan del siguiente tenor: Nombre o Razón Social: Los Riscos S.A. Objeto: i) La inversión en toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, la adquisición y enajenación a cualquier título, arrendamiento y explotación en cualquier forma de bienes muebles o raíces; la planificación, administración, ejecución, gestión, comercialización, explotación, y desarrollo de proyectos inmobiliarios, comerciales, propios y/o de terceros, en todas sus formas y estructuras de negocios; ii) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios de carácter profesional y/o técnico, dentro o fuera del país, ya sea en materias económicas, financieras, inmobiliarias, de comercio exterior, ingeniería, marketing, recursos humanos, administración, legales, deportivas, agrícolas, de servicios u otras que acuerden los socios; iii) El desarrollo de todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y/o en el extranjero, por cuenta propia o ajena, la adquisición, enajenación y administración de toda clase de valores mobiliarios, incluyendo bonos, efectos de comercio, derechos en sociedades de cualquier naturaleza y todo otro tipo de valores; iv) El desarrollo e implementación de proyectos de inversión, la promoción y desarrollo de toda clase de negocios, sean industriales o de servicios. Para estos fines, podrá dedicarse a la compraventa de empresas y a la comercialización de bienes; v) Formar, participar e invertir en otras sociedades de cualquier naturaleza, constituir toda clase de sociedades, cooperativas, comunidades, corporaciones, fundaciones e incorporarse a otras ya existentes, desarrollar actividades de su giro por sí misma o a través de sociedades que se constituyan al efecto, como socia, accionista o de cualquier otra manera; vi) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades de personas, por acciones, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones.- Domicilio: Santiago.- Duración: indefinida.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1000 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, de mismo valor y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas en los términos que dispone el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 04 de febrero de 2020.