INMOBILIARIA NEXUS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2020
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME BERNALES VALENZUELA, Notario Titular de 2 Notaría Rancagua, con oficio Bueras 359, Of. 102, certifica: Por escritura fecha 10-01-2020, ante mí, Rep. Nº 178-2020, Don VINOD GAGANDAS SHIVLANI, hindú, casado y separado totalmente de bienes, comerciante, cédula de identidad número 10.579.543-2 y doña LORENA JANNETTE SIRONVALLE CALDERA, chilena, soltera, empleada, cedula nacional de identidad número 7.243.367-K, ambos domiciliados para estos efectos en Bello Horizonte número 781, Torre 3, Oficina 404, comuna de Rancagua, vienen en modificar la sociedad INMOBILIARIA NEXUS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, Rol único Tributario número 76.975.697-3, constituida con un capital de $100.000.000.- e inscrito un extracto de su constitución a fojas 99.406 numero 51.072 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2018, en el sentido siguiente: UNO) Venta de Derechos sociales: Doña LORENA JANNETTE SIRONVALLE CALDERA, vende, cede y transfiere a don VINOD GAGANDAS SHIVLANI, quien compra y adquiere para sí, el 10% de los Derechos sociales de INMOBILIARIA NEXUS LIMITADA, en la cantidad de $500.000, monto que el cedente declara recibir en este acto. En conformidad a la cesión señalada con anterioridad, don VINOD GAGANDAS SHIVLANI, incrementa su participación en la sociedad INMOBILIARIA NEXUS LIMITADA, a un 90% del capital social y doña LORENA JANNETTE SIRONVALLE CALDERA, disminuye su participación en la sociedad predicha a un 10% del capital social. DOS) Modificación del capital: Los actuales socios de la sociedad INMOBILIARIA NEXUS LIMITADA, vienen en modificar el artículo 5° del acto de constitución, disminuyendo el capital de $100.000.000.- por enterar, al monto de $1.784.800.-, que fueron ya incorporados al haber social, modificando así el ARTICULO QUINTO, del acto de constitución en el sentido siguiente: “TITULO SEGUNDO. CAPITAL. Artículo Quinto. El capital de la sociedad, es la cantidad $1.784.800.- , los cuales ya fueron incorporados al haber social, de la siguiente manera: a) Don VINOD GAGANDAS SHIVLANI, aportó e ingresó al haber social la cantidad de $1.606.320.-, que corresponden al 90% del capital aportado; b) Doña LORENA JANNETTE SIRONVALLE CALDERA, aportó e ingresó al haber social la cantidad de $178.480.-, que corresponden al 10% del capital aportado”. TERCERO: Los comparecientes en calidad de únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA NEXUS LIMITADA, vienen en aumentar por medio de este acto, el aporte modificado en la cláusula anterior, aumentando el capital de $1.784.800.- a $50.000.000.-, que es aportado por los socios de la siguiente forma: a).- Don VINOD GAGANDAS SHIVLANI, aportará la cantidad de $43.393.680.-, los que enterará e incorporará al haber social antes del 30 de Junio del 2020; b).- Doña LORENA JANNETTE SIRONVALLE CALDERA, aportará la cantidad de $4.821.520.-, los que enterará e incorporará al haber social antes del 30 de Junio del 2020. En conformidad a lo anterior, el TITULO SEGUNDO. CAPITAL. Artículo Quinto del acto de constitución de la sociedad INMOBILIARIA NEXUS LIMITADA, quedará establecido, definitivamente, de la siguiente manera: “TITULO SEGUNDO. CAPITAL. Artículo Quinto: El capital de la sociedad es de $50.000.000.-, de los cuales, ya fueron ingresados al haber social $1.784.800.-, quedando por enterar el monto de $48.215.200.-, este monto será enterado al haber social por los socios de la siguiente manera: a) Don VINOD GAGANDAS SHIVLANI, aportó e ingresó al haber social la cantidad de un $1.606.320, y aportará la cantidad de $43.393.680.-, los que enterará e incorporará al haber social antes del 30 de Junio del 2020, montos que constituyen el 90% del capital de la sociedad; b) Doña LORENA JANNETTE SIRONVALLE CALDERA, aportó e ingresó al haber social la cantidad de $178.480.- y aportará la cantidad de $4.821.520.-, los que enterará e incorporará al haber social antes del 30 de Junio del 2020, montos que constituyen el 10% del capital de la sociedad”. Rancagua, 03 de febrero del 2020.