Asesorías e Inversiones Sanmar Limitada
Instrumento
- Fecha
- 16 de enero de 2020
- Repertorio
- 979-2020
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- La Sociedad tendrá una duración de 1 año contado desde la fecha escritura extractada, prorrogables en la forma establecida en ella
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Prestar servicios de asesoría inmobiliaria, compra y venta de activos, compra y venta de sociedades o participación de las mismas, o cualquier tipo de asesoría relacionada a transacciones, operaciones de un activo o sociedad. Además de invertir en activos, sociedades o cualquier instrumento con el objetivo de obtener un rendimiento de dicha inversión, sea como dividendo o como aumento del patrimonio. 3
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a uno cualquiera de los señores Franco Vercellino Martínez y María Begoña Jugo Sánchez, quienes representarán a la sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. 5
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaria de Santiago, con Oficio en Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 16 de enero de 2020, repertorio N° 979-2020, ante mí, don Franco Vercellino Martínez y doña María Begoña Jugo Sánchez, ambos domiciliados para estos efectos en calle Bernarda Vallejos número mil doscientos ochenta, comuna de Vitacura, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por los siguientes estatutos: 1. Nombre: “Asesorías e Inversiones Sanmar Limitada” (en adelante, la “Sociedad”), pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “Sanmar Ltda.”. 2. Objeto: El objeto de la sociedad será: Prestar servicios de asesoría inmobiliaria, compra y venta de activos, compra y venta de sociedades o participación de las mismas, o cualquier tipo de asesoría relacionada a transacciones, operaciones de un activo o sociedad. Además de invertir en activos, sociedades o cualquier instrumento con el objetivo de obtener un rendimiento de dicha inversión, sea como dividendo o como aumento del patrimonio. 3. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de $1.000.000, que los socios han íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) don Franco Vercellino Martínez aportó la suma de $800.000, equivalentes al 80% del capital social, que pagó al contado y en dinero en efectivo en la fecha de la escritura extractada; y b) doña María Begoña Jugo Sánchez aportó la suma de $200.000, equivalentes al 20% del capital social, que pagó al contado y en dinero en efectivo en la fecha de la escritura extractada. 4. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a uno cualquiera de los señores Franco Vercellino Martínez y María Begoña Jugo Sánchez, quienes representarán a la sociedad con las facultades señaladas en escritura extractada. 5. Duración: La Sociedad tendrá una duración de 1 año contado desde la fecha escritura extractada, prorrogables en la forma establecida en ella. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Responsabilidad de los socios limitada a monto de sus aportes. Santiago, 10 de febrero de 2020.