Agrícola Oasis Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2020
- Repertorio
- 1088
- Notario
- JOHN GALLARDO GOMEZ
- Oficio
- Segunda Notaria de La Serena
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Ley aplicable
- ley 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOHN GALLARDO GOMEZ, Abogado, Notario Público Segunda Notaria de La Serena, Suplente del Titular don Oscar Fernández Mora, con domicilio en calle Cordovez 588, Local 108, Certifica que por escritura pública de fecha 7 de Febrero 2020, Repertorio 1088, ante mi don Luis Gastón Iver Hudson, domiciliado en Calle Las Rojas Oriente 302, La Serena, saneó los vicios formales en escritura pública y extracto de en conformidad a la ley 19.499, de la escritura de fecha 30 de Diciembre de 2019 repertorio número 3.108-2019, otorgada ante don Gonzalo López Ríos, Notario Público Suplente de titular de Coquimbo don Reinaldo Villalobos Pellegrini, domiciliado en Ruta D 43 número 901, oficina 101 Primer Piso, Edificio Empresarial, Coquimbo, de modificación social de la sociedad Agrícola Oasis Limitada, rut 76.166.856-0, En el siguiente sentido: Por una omisión involuntaria no fue objeto de inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, ni publicación en el Diario Oficial dentro del plazo legal por lo que se incurrió en el respectivo vicio formal.- Por lo que se incurrió en el respectivo vicio formal al no incluir las menciones que la ley ordena.- A fin de corregir este vicio, se sanea por este acto, en conformidad lo prescribe y autoriza la ley número 19.499, En el extracto de la mencionada escritura se incurrió en un error involuntario con respecto al año de inscripción en el Registro de Comercio de Coquimbo.- A fin de corregir este vicio el compareciente en la representación que inviste y en conformidad a lo establecido en las disposiciones de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, procede por este acto a sanear el vicio manifestado en los siguientes términos donde dice año dos mil dieciocho, debe decir dos mil ocho.- Demás estipulaciones constan escritura extractada.- La Serena, 07 de Febrero de 2020.